Contaminación

Uno de los problemas más importantes a los que se enfrenta el hombre, hoy día, es la contaminación ambiental.

La contaminación surge cuando se produce un desequilibrio, resultado de la adición de cualquier sustancia al medio ambiente, en cantidad tal, que cause efectos adversos en los seres vivos, expuestos a dosis que sobrepasen los niveles aceptables en la naturaleza.

El progreso tecnológico y el acelerado crecimiento demográfico, producen la alteración del medio, llegando a atentar contra el equilibrio biológico de la Tierra. Para que esto no se produzca, es necesario que el hombre sepa armonizar, desarrollo tecnológico, el avance demográfico y el equilibrio ecológico. Es de vital importancia que se protejan los recursos renovables y no renovables y que se tome conciencia de que el saneamiento del ambiente es fundamental para la vida del planeta.

La contaminación se produce a través de la naturaleza, denominado fuentes naturales, o  por medio de los procesos productivos del hombre, denominado fuentes antropogénicas, que conforman las actividades de la vida diaria.

Entre las fuentes de contaminación antropogénicas más importantes, encontramos: las industriales, comerciales, las agrícolas, las domiciliarias y las fuentes móviles como son los gases de combustión de vehículos.

Por todo lo anteriormente dicho, el mundo necesita crear una conciencia del medio ambiente. Los países desarrollados han generado una serie de peligros ambientales a través de las actividades industriales y los países en vía de desarrollo están generando problemas quizás más graves debidos a la falta de recursos económicos, tecnológicos, etc.

Los peligros de la contaminación deben ser prevenidos en sus orígenes y restaurar los daños ya producidos, para que la humanidad pueda vivir y desarrollarse en un ambiente sano, así como recoger todos los conocimientos sobre riesgos, técnicas y medidas de protección, prevención y recuperación ambientales. Para poder  informar y prevenir a los ciudadanos en general, de los verdaderos riesgos producidos por la contaminación ambiental y ejercer su derecho a vivir en un ambiente sano, ya que la conservación del medio ambiente influye directamente en la calidad de vida de la población. Recoger las definiciones y efectos de la contaminación de los principales elementos ambientales, como son el suelo, la atmósfera, el agua, la contaminación acústica, sustancias químicas y plaguicidas, según las distintas Leyes que tutelan el medio ambiente. Presentar, los conceptos básicos que se consideran necesarios para evaluar los riesgos que la contaminación puede ocasionar, tanto en el medio ambiente como en los seres vivos. Restauración y prevención medio ambiental, mostrando las principales tecnologías para eliminar tóxicos  del medio ambiente, así como métodos de prevención de la contaminación para no tener que llegar a la restauración.

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Contaminación por sustancias químicas y plaguicidas.

Contaminación por sustancias químicas y plaguicidas.

El uso de productos químicos y su fabricación provocan la emisión de una gran variedad de compuestos al medio ambiente, que pueden tener indeseables efectos sobre la salud y sobre los ecosistemas. La exposición  de un individuo a un producto químico se ve afectada por factores sociales, tales como el desarrollo industrial, hábitos culturales, estilo de vida y las actividades personales.

Los productos químicos que son más peligrosos para la salud humana, según la OMS son el benceno, nitratos, níquel, plomo, cadmio, mercurio, arsénico, hidrocarburos policiclicos y bifenilos policlorados. Otros compuestos son potencialmente alarmantes, los cuales se están evaluando, como por ejemplo los efectos sobre la fertilidad de los éteres de glicol, los efectos neurotóxicos crónicos de los disolventes, los alérgenos respiratorios y el efecto de los polipilenos, los acrilatos y los metacrilatos.

La aparición de plaguicidas en aguas subterráneas ha dado la voz de alarma. El crecimiento de la agricultura ha provocado un aumento del uso de sustancias químicas para controlar plagas y enfermedades. El mal uso y manejo de los productos fitosanitarios y los fertilizantes, unido a la ausencia de unas normas de prevención adecuadas, han originado una alteración medioambiental severa. Todo esto puede provocar desastres ecológicos de gran magnitud que puede afectar al aire, suelo y al agua.

Definición de sustancias químicas y plaguicidas.

Los plaguicidas son sustancias químicas utilizadas para controlar, prevenir o destruir las plagas que afectan a las plantaciones agrícolas. La mayoría de estas sustancias son fabricadas por el hombre, por eso son llamados plaguicidas sintéticos. La producción de estas sustancias surge a partir de la Segunda Guerra Mundial, donde los países industrializados inician la fabricación de plaguicidas con carácter comercial con el fin de aumentar la producción agrícola.

Uno de los primeros plaguicidas y más comunes fue el DDT, para combatir las plagas en la agricultura y los mosquitos transmisores de malaria.

En la actualidad existen grandes cantidades de marcas de plaguicidas en el mundo.

Según el R.D.3349/83 por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria para el uso de plaguicidas, define a estos como las sustancias o ingredientes activos, así como los preparados o formulaciones que contengan una o varias de estas sustancias, destinadas a cualquiera de estos fines:

  • Favorecer o regular la producción vegetal, con excepción de los nutrientes y los productos destinados a la enmienda del suelo.
  • Combatir los agentes nocivos para los vegetales y productos vegetales y prevenir su acción.
  • Conservar los productos vegetales, incluida la protección de la madera.
  • Destruir los vegetales perjudiciales o prevenir su desarrollo.
  • Destruir o prevenir la acción de otros organismos nocivos o indeseables distintos de los que atacan los vegetales.

Clasificación de plaguicidas.

Desde el punto de vista de su estructura química existe una gran variedad, pudiéndose clasificar como:

Insecticidas y acaricidas

· Organoclorados: Derivados ciclodiénicos (aldrin, dieldrin, endosulfan, mirex), derivados del 2,2-difeniletano (DDT, dicofol), derivados del ciclohexano (lindano), policloroterpenos

· Organofosforados: Esteres fosfóricos: ortofosfatos, pirofosfatos (TEPP, diclorvos), ésteres tiofosfóricos: fosfotionatos, fosfotiolatos (paratio, fenitrotion), ésteres diotiofosfóricos (dimetoato, metidation, malarion), amidas del ácido ortofosfórico, amidas del ácido pirofosfórico, fosfonatos (triclorfon), tiofosfinatos

· Organosulfurados (tetradifon, clorfenson)

· Carbamatos: N-metil carbamatos (carbaril, aldicarb), N,N-dimetil carbamatos (dimetan, pirolan)

· Otros grupos: Formamidinas (amitraz), dinitrofenoles (dinocap), tiocianatos orgánicos  (lethane, thanite), organoestánnicos (cihexatin, fenbutestan), compuestos de flúor (fluoruro sódico), insecticidas naturales (botánicos) (piretrinas, nicotina), piretroides sintéticos (fenvalerato, cipermetrina, deltametrina), compuestos inorgánicos (azufre, arseniatos)

Herbicidas

· Inorgánicos (sulfamato amónico, boratos)

·Orgánicos: Aceites derivados del petróleo, derivados organoarsenicales (DSMA, MSMA), ácidos fenoxialifáticos (2,4-D, MCPA), amidas sustituidas (propanil), nitroanilinas (trifularin), ureas sustituidas (diuron, linuron), carbamatos (profam, carbyne), tiocarbamatos (EPTC, metm sodio), heterociclos con nitrógeno: triazinas, triazoles, derivados de la piridina, uracilos sustituidos (atrazina, simazina, amitrol, bromacilo, picloram), ácidos alifáticos (dalapon), ácidos aril alifáticos (dicamba), derivados fenólicos (PCP), nitrilos sustituidos (ioxinil, bromoxinil), bipiridilios (paraquat, diquat).

 Fungicidas

· Inorgánicos: Azufre, cobre, mercurio

·Orgánicos: Ditiocarbamatos (maneb, zineb), tiazoles (etridiazol), triazinas (anilazina), aromáticos sustituidos (HCB, dicloran), dicarboxiimidas (sulfenimidas) (captan, folpet), dinitrofenoles (dinocap), quinonas (cloranil), organoestánnicos.

            Los plaguicidas se clasifican, también, según el agente sobre el que actúan, el grupo químico al que pertenecen, su comportamiento en la planta, su especificad, su uso y según el modo de acción.

Agente sobre el que actúa:

  • Insecticidas: controlan insectos.
  • Fungicidas: actúan sobre hongos causantes de enfermedades.
  • Acaricidas: combaten ácaros.
  • Herbicidas: se utilizan para combatir las malas hierbas.
  • Moluscocidas o helícidas: controlan caracoles y babosas.
  • Antibióticos o bactericidas.
  • Nematicidas: para el control de nematodos.
  • Rodentoncidas: se utiliza para roedores.

El grupo químico al que pertenecen:

  • Insecticidas naturales: la nicotina, rotenona y piretrinas naturales.
  • Aceites minerales: a partir de aceites derivados del petróleo.
  • Compuestos de origen mineral: los arsenicales.
  • Organoclorados: productos de síntesis que actúan por contacto o ingestión.
  • Organofosforados: derivados del ácido fosfórico.
  • Carbamatos: los encontramos específicos para el pulgón, mosca blanca y nematodos y otros son de amplio espectro.
  • Piretroides: son sustancias de síntesis.
  • Inhibidores de la quitina: impiden la formación de la quitina.

Su comportamiento en la planta:

  • Sistémicos: aplicados, se incorporan al flujo de savia y llegan a todos los órganos del vegetal.
  • Superficiales o de contacto: se quedan en la superficie de la planta.
  • Penetrantes o translaminares: aplicados en las raíces de la planta, se introducen en el tejido, se fijan y no se trasladan a otras partes.

Su especificidad:

  • Específicos o selectivos: actúan sobre un solo parásito.
  • Polivalente o de amplio espectro: actúan sobre varios parásitos.

Dependiendo de su uso:

  • De uso doméstico: viviendas y otros locales habitados.
  • Uso de higiene personal: aplicación directa sobre el hombre.
  • Uso ambiental: para desinfección y desinsectación en locales públicos y privados.
  • Uso en la industria alimentaria: destinados a tratamientos de vegetales, de productos de origen animal y de sus envases.
  • Uso ganadero: los utilizados en el entorno de los animales y de las actividades relacionadas con su explotación.
  • Uso fitosanitario: utilizados en el ámbito de la sanidad vegetal y los destinados para combatir malezas u otros organismos indeseables en áreas no cultivadas.

El modo de acción:

  • Por inhalación
  • Por ingestión
  • Por contacto
  • Mixtos.

En el R.D. 3349/1983, se establece la clasificación de los plaguicidas en función del grado de peligrosidad (art. 3).

Atendiendo a su grado de peligrosidad para las personas, los plaguicidas se clasifican de la siguiente forma:

En cuanto a su grado de toxicidad, en las siguientes categorías:

 De baja peligrosidad: los que por inhalación, ingestión y/o penetración cutánea no entrañan riesgos apreciables

 Nocivos: los que por inhalación, ingestión y/o penetración cutánea puedan entrañar riesgos de gravedad limitada.

 Tóxicos: los que por inhalación, ingestión y/o penetración cutánea puedan entrañar riesgos graves, agudos o crónicos, e incluso la muerte.

En cuanto a otros efectos:

 Corrosivos: con los que en contacto con tejidos vivos pueden ejercer sobre ellos una acción destructiva.

 Irritantes: los no corrosivos que, por contacto directo prolongado o repetido con la piel o las mucosas, pueden provocar una reacción inflamatoria.

 Fácilmente inflamable: aquellos plaguicidas:

-que a la temperatura normal al aire libre y sin aporte de energía pueden calentarse e incluso inflamarse.

-en estado sólido, que pueden inflamarse fácilmente por la breve acción de una fuente inflamable y que continúan quemándose o consumiéndose después de retirar la fuente inflamable.

-en este estado liquido, que tengan un punto de inflamación inferior a 21Cº.

-gaseosos, que son inflamables al aire libre a la presión normal.

-que en contacto con el agua o el aire húmedo desprenden gases fácilmente inflamables en cantidades peligrosas.

 Explosivos: los que pueden explosionar bajo efecto de una llama o que son más sensibles a los choques o a la fracción que el dinitrobenceno.

 La clasificación toxicológica de los plaguicidas en las categorías de baja peligrosidad, nocivos, tóxicos o muy tóxicos se realizara atendiendo básicamente a su toxicidad aguda, expresada en dl50 (dosis letal al 50 por 100) por vía oral o dérmica para la rata, o en cl50 (concentración letal al 50 por 100) por vía respiratoria para la rata, de acuerdo con los siguientes criterios.

En el caso de la dl50 por vía oral, expresada en miligramos por kilogramo de masa corporal:

 Para plaguicidas sólidos, excepto los cebos y los presentados en forma de tabletas:

– Muy tóxicos: dl50 inferior o igual a 5.

– Tóxicos: dl50 superior a 5 e inferior o igual a 50nocivos:dl50 superior a 50 e inferior o igual a 500.

– De baja peligrosidad: dl50 superior a 500.

 Para plaguicidas líquidos, así como para los cebos y los presentados en forma de tabletas:

– Muy tóxicos: dl50 inferior o igual a 25.

– Tóxicos: dl50 superior a 25 e inferior o igual a 200.

-Nocivos: dl50 superior a 200 e inferior o igual a 2.000.

– De baja peligrosidad: dl50 superior a 2.000.

En el caso de la cl50, expresada en miligramos por litro de aire y determinada por ensayo respiratorio en la rata de una duración de cuatro horas, para los plaguicidas gaseosos o para los que se comercialicen en forma de gas licuado, así como para los fumigantes y aerosoles:

– Muy tóxicos: cl50 inferior o igual a 0,5.

– Tóxicos: cl50 superior a 0,5 e inferior o igual a 2.

– Nocivos: cl50 superior a 2 e inferior o igual a 20.

– De baja peligrosidad: cl50 superior a 20.

– Para los plaguicidas en polvo, cuyo diámetro de las partículas no exceda de 50 micrómetros, los valores de la cl50 deben ser determinados por ensayo respiratorio.

Para los plaguicidas que puedan ser absorbidos por la piel y cuando el valor de la dl50 por vía dérmica expresada en miligramos por kilogramo de masa corporal, sea tal que suponga incluirlos en una categoría toxicológica más restrictiva de la que correspondería al valor de la dl50 por vía oral o de la cl50 por ensayo respiratorio, la clasificación se realizara de la siguiente forma, determinando los valores por vía dérmica para la rata y/o el conejo:

a) Para plaguicidas sólidos, excepto los cebos y los presentados en forma de tabletas:

– Muy tóxicos: dl50 inferior o igual a 10.

– Tóxicos: dl50 superior a 10 e inferior o igual a 100.

– Nocivos: dl50 superior a 100 e inferior o igual a 1.000.

– De baja peligrosidad: dl50 superior a 1.000.

b) Para plaguicidas líquidos, así como para los celos y los presentados en forma de tabletas:

– Muy tóxicos: dl50 inferior o igual a 50.

– Tóxicos: dl50 superior a 50 e inferior o igual a 100.

– Nocivos: dl50 superior a 400 e inferior o igual a 4.000.

– De baja peligrosidad: dl50 superior a 4.000.

No obstante, los plaguicidas que contengan un solo ingrediente activo podrán clasificarse toxicológicamente estimando su dl50 como directamente proporcional a la del ingrediente activo e inversamente proporcional a su concentración cuando, en razón de sus componentes , resulte evidente su clasificación como muy tóxico, toxico, nocivo o de baja peligrosidad, así como cuando exista una gran semejanza en su composición con la de otro plaguicida ya clasificado y cuyos datos toxicológicos sean suficientemente conocidos. En ambos casos debe poder ser admitido que la clasificación obtenida mediante dicha estimación no diferiría sustancialmente de la que se obtendría mediante la realización del ensayo biológico.

Asimismo, los plaguicidas que contengan varios ingredientes activos podrán clasificarse toxicológicamente estimando su dl50 como inversa de la media ponderada de las inversas de las dl50 de cada uno de los ingredientes activos, en razón de sus respectivas concentraciones, cuando se presenten las mismas condiciones del párrafo anterior.

El ministerio de sanidad y consumo podrá establecer criterios específicos en relación con los aspectos toxicológicos particulares de los diferentes ingredientes activos, considerando especialmente los resultados de los estudios toxicológicos, teniendo en cuenta los resultados de los estudios toxicológicos de corta y larga duración.

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Bibliografía

Contaminación Acústica.

Contaminación Acústica.

Se llama contaminación acústica al exceso de sonido que altera las condiciones normales del medioambiente en una determinada zona. Si bien el ruido no se acumula, traslada o mantiene en el tiempo como las otras contaminaciones, también puede causar grandes daños en la calidad de vida de las personas si no es controlada.

La contaminación acústica hace referencia al ruido (entendido como sonido excesivo y molesto), provocado por las actividades humanas (tráfico, industrias, locales de ocio, etc.), que produce efectos negativos sobre la salud auditiva, física y mental de las personas.

Este término está estrechamente relacionado con el ruido debido a que esta se da cuando el ruido es considerado como un contaminante, es decir, un sonido molesto que puede producir efectos nocivos fisiológicos y psicológicos para una persona o grupo de personas. Las principales causas de la contaminación acústica son aquellas relacionadas con las actividades humanas como el transporte, la construcción de edificios y obras públicas, la industria, entre otras.

Desde hace años el ruido se ha convertido en un factor contaminante constante en la mayoría de las ciudades, suponiendo en la actualidad un grave problema con efectos fisiológicos, psicológicos, económicos y sociales. El principal causante de la contaminación acústica es la actividad humana. El ruido ha existido desde la antigüedad, pero es a partir del siglo pasado, como consecuencia de la Revolución Industrial, del desarrollo de nuevos medios de transporte y del crecimiento de las ciudades, cuando comienza a aparecer el problema de la contaminación acústica urbana.

Dentro de este bloque vamos a analizar los distintos términos que engloban la contaminación acústica, así como las distintas fuentes de emisión.

Definición de ruidos, vibraciones y ultrasonidos.

            Por sonido, se entiende la propagación de ondas de presión audibles a través de un medio elástico. El ruido, por tanto, es un sonido indeseable para los humanos, por lo que podemos decir que es un concepto subjetivo.

            Los parámetros del sonido son tres: el nivel o intensidad, la frecuencia y la duración.

            El oído humano transforma las ondas de presión acústica en sensación auditiva, estando su sensibilidad entre los 20 Pa (umbral de audición, valor 5101 veces inferior a la presión atmosférica, que provoca un desplazamiento de la membrana del oído de menos del diámetro de un átomo) y los 100 Pa (umbral del dolor).

            Las vibraciones son movimientos oscilatorios de partículas alrededor de un punto de equilibrio, en un medio físico cualquiera.

            Los ultrasonidos son fenómenos físicos, periódicos, también incluidos dentro de los sonidos, pero con frecuencia superiores al límite audible por el oído humano.

            Las características esenciales relacionadas con el movimiento oscilatorio son:

  • Período: tiempo transcurrido para completar un ciclo (T).
  • Amplitud: elongación máxima (A).
  • Elongación: desplazamiento del punto en vibración de su posición de equilibrio (E).
  • Frecuencia: número de vibraciones de presión por segundo (Hz) (f).
  • Longitud de onda: distancia transcurrida en un tiempo igual al periodo (λ).

Trabajar con valores de presión acústica tan elevados dificultaría mucho los cálculos, por lo que se utilizan niveles de presión acústica. Entre ambas magnitudes existe una relación logarítmica cuya unidad es el decibelio, definiéndose éste como el logaritmo de la relación entre ambos valores.

El nivel de presión acústica (Lp), se define como la variación de la presión atmosférica en un punto como consecuencia de la propagación a través del aire de una onda sonora. Por ser medible con los sonómetros, es el parámetro más usado para la medición de ruidos. Estos miden la presión acústica de un ruido en relación a una presión tomada como referencia. La fórmula que mide el número de decibelios de nivel de presión acústica en función de esta es:

                                                  P

                        N.P.S= 10.Lg ― Db

                                                 Po

P: es la presión del sonido medido.

Po: es la presión acústica de referencia.

N.P.S: representa la medida del nivel de presión acústica de un sonido en decibelios.

Fuentes contaminantes.

A lo largo del día, se perciben de modo continuo sensaciones acústicas y vibratorias, producidas por los sonidos y vibraciones generados por el ambiente. 

La mayor mecanización en la industria ha dado como resultado mayores niveles de estos contaminantes. Para efectos prácticos podemos diferenciar entre el ruido ambiental y el ruido laboral. El ruido ambiental es aquel que percibimos en cualquier calle o hasta en nuestra propia casa; hace referencia al gran cúmulo de niveles sonoros producidos por las fuentes emisoras de una comunidad. Dentro de estas fuentes emisoras tenemos:

El tráfico rodado (80%): es la principal fuente de ruido en los ambientes urbanos. Funcionamiento de los motores, la expulsión de los gases por los tubos de escape, el traqueteo de las vibraciones de las carrocerías, el ruido de los neumáticos al contactar con el asfalto, el zumbido de los ventiladores, los rasgones en las cajas de cambio, las frenadas apuradas,…., constituyen un fondo de ruidos sordos en el que nos hemos acostumbrado a vivir.

  El rugido de los aviones: es otra fuente de ruido intenso en muchas ciudades. Los aeropuertos han de estar relativamente próximos a ciudades, por lo que muchas veces las rutas de aproximación de los aviones quedan por encima de las casas.

 El ferrocarril (6%): tanto si es de superficie (tren, tranvías) como si es subterráneo (metro), el ruido de los vagones por los raíles, los silbidos estridentes, etc., suponen una pesadilla constante para las familias que viven cerca de líneas ferroviarias o próximas a estaciones. Este problema se ve agravado con los trenes de alta velocidad.

Las obras públicas: también generan ruido, parece imposible no tener cerca de casa una acera o calle levantada por obras, un edificio restaurándose o construyéndose. Las excavadoras, los vehículos pesados, los compresores, los equipos de soldadura,…, suelen funcionar de forma ruidosa alrededor de las obras.

 Actividades lúdicas y de recreo (4%): en ellas encontramos muchos ruidos más molestos, por ser generalmente producidos en horas de descanso. Vivir cerca de un pub, una discoteca, un bar, etc., resulta un tormento para muchas personas al interferir con su hora de descanso. Y no sólo por el ruido del local (que debe estar insonorizado por ley), sino por el trasiego de personas, el ruido de vehículos y motocicletas. Aquí podemos incluir las molestias causadas por el famoso “botellón”, que los jóvenes se dedican hacer en la calle. Otras actividades lúdicas que generan ruido son los estadios de fútbol, los parques infantiles, las celebraciones de fiestas y ferias, las actuaciones musicales en la calle, los fuegos artificiales,…. Actividades todas ellas permitidas, pero que deberían ajustarse a horarios razonables.

Los servicios públicos: tales como las sirenas de la policía, ambulancias o bomberos; los vehículos de limpieza, de retirada de basura….

Las industrias (10%): se suman a los ruidos cotidianos, bien por vivir en un lugar próximo a una concentración industrial o bien por la proximidad a los talleres que están integrados en las ciudades (talleres mecánicos, carpinterías,…).

El ruido laboral es aquel que se produce en los centros de trabajo como consecuencia de las actividades que allí se desarrollan. En el ámbito laboral, las normas internacionales relativas al tema de la contaminación por ruido tienen como objetivo:

– Contribuir a mejorar las condiciones del ambiente de trabajo para preservar la salud de los trabajadores, en aquellas empresas donde las características acústicas representen elementos de riesgo.

– Establecer los niveles y tiempos máximos permisibles de exposición a ruido durante la jornada laboral.

Para analizar la emisión de las vibraciones nos referiremos a las que más importancia adquiere, las estudiadas en higiene industrial. En este caso se diferencian las vibraciones que afectan a todo el cuerpo y las que afectan al sistema brazo- mano.

La vibración que afectan a todo el cuerpo, se produce principalmente en los puestos de conductor de vehículos y se transmite principalmente a través del asiento. La valoración de estas vibraciones se realiza siguiendo los criterios establecidos en la norma ISO 2631, donde se recogen los límites de aceleración.

Cuando el punto de contacto entre el cuerpo vibrante y el organismo es la mano, ésta atenúa la vibración limitando sus efectos. Las fuentes que originan este tipo de emisión son las herramientas manuales.

  El ruido ambiental, causado por el tráfico y las actividades industriales y recreativas, constituye, a juicio de la Comisión Europea, uno de los principales problemas medioambientales en el ámbito comunitario y es el origen de un número cada vez mayor de quejas por parte de los ciudadanos. A pesar de ello, en el ámbito comunitario se ha dedicado menor esfuerzo a combatir este tipo de contaminación que el que se ha destinado a controlar la polución atmosférica o del agua, por ejemplo.

El Quinto Programa de política y actuación medioambiental vigente comenzó a corregir esta situación incluyendo una serie de objetivos básicos con respecto a la exposición al ruido que se deberán alcanzar en el año 2000.

Asimismo, la revisión del mismo, aprobada mediante la Decisión 2179/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de septiembre de 1998, relativa a la revisión del Programa comunitario de política y actuación en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible «Hacia un desarrollo sostenible”, establece en relación con el ruido, que «se prestará una atención especial al desarrollo de un programa de reducción del mismo que podrá comprender, de forma global, la información al público, los índices comunes de exposición al ruido y los objetivos de calidad acústica y de emisión de ruido de los productos».

Estos objetivos ya se plasmaron en el Libro Verde sobre el Ruido, la Comisión Europea presentó en 1996 (COM (96) 540) y que representa el primer paso para desarrollar el citado programa. Con este documento se aspira a estimular el debate público sobre el planteamiento futuro de la política sobre el ruido. El documento se estructura en tres capítulos en los que se abordan las siguientes cuestiones:

  • Consecuencias del ruido en el medio ambiente y situación del ruido en la Unión Europea.
  • Políticas existentes para reducir la exposición al ruido y su aplicación.
  • Futura política comunitaria de lucha contra el ruido.

El Libro Verde presenta las siguientes conclusiones:

  • La contaminación acústica es un problema fundamentalmente urbano que afecta principalmente a la salud y al bienestar de las personas, aunque también tiene un importante impacto económico.
  • La principal fuente de contaminación acústica a nivel comunitario es el sector de los transportes, y dentro de él, el tráfico rodado.
  • La tendencia en la Unión Europea, por lo que a la contaminación acústica se refiere, es una disminución en la gravedad de este problema pero un aumento en su extensión.

Las actuaciones desarrolladas hasta el momento en el ámbito comunitario se han limitado a promulgar normas de emisión para controlar el ruido procedente de vehículos (coches, camiones, autobuses, motocicletas, tractores, etc.), aeronaves y equipos utilizados al aire libre (máquinas y equipos de construcción y máquinas cortadoras de césped), y en el establecimiento de procedimientos de certificación y homologación para garantizar que los vehículos y equipos nuevos cumplen, en el momento de su fabricación, los límites de emisión sonora fijados.

El resultado de las medidas citadas ha sido bastante limitado, y por ello la Comisión Europea ha pretendido replantear la política que hasta el momento se estaba llevando a cabo en este campo, haciendo efectivo el principio de responsabilidad compartida y teniendo siempre en cuenta que ha de primar la competencia local en la elaboración y aplicación de soluciones para controlar la contaminación acústica.

No contamos en el ámbito estatal con una norma que regule el ruido en general, aunque sí podemos destacar la existencia de una serie de normas que permiten al ciudadano, aunque de forma insuficiente, protegerse contra el ruido.

La protección jurídica contra el ruido se ha acometido por la legislación estatal desde distintas ramas del derecho: laboral, administrativa y civil.

Desde la perspectiva laboral, esta protección se engloba dentro del deber de seguridad e higiene que obliga tanto al empresario como al trabajador y a la propia administración. Para ello, existen diversas normas, como el Real Decreto 1316/89 de 27 de Octubre, sobre protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo. Estas normas, que regulan la protección de los trabajadores contra el ruido al que están sometidos durante su actividad laboral, proceden en gran parte de la transposición a nuestro ordenamiento de diversas Directivas sobre la materia. Además, hay que señalar la existencia de Convenios internacionales ratificados por España que establecen medidas al respecto.

Por su parte, y a falta de una normativa básica, el control administrativo del ruido se hace a través de su regulación por el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, aprobado por Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre (RAMINP), desarrollado por la Instrucción por la que se dictan normas complementarias para la aplicación del mismo, aprobada por Orden de 15 de Marzo de 1963.  (Revisar normativa vigente)

Además, desarrolla este Reglamento el Decreto 2183/1968, de 16 de Agosto, por el que se regula la aplicación del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas en zonas de dominio público y el Decreto 2107/1968 de 16 de agosto, de Régimen de Poblaciones con altos niveles de contaminación atmosférica o de perturbaciones por ruido o vibraciones.

Estas tres normas de ámbito estatal tienen como finalidad prevenir que las plantas, industrias, actividades o almacenes, públicos o privados, generen molestias, produciendo daños a la salud ambiental y a la higiene o a la propiedad pública o privada o creando riesgos serios para las personas o propiedad.

El RAMINP regula el control de lo que denominan actividades clasificadas. Tiene un carácter preventivo y restaurador sobre la totalidad de los elementos medioambientales.

El artículo 1 del RAMINP dispone:

«El presente Reglamento, de obligatoria observancia en todo el territorio nacional, tiene por objeto evitar que las instalaciones, establecimientos, actividades, industrias o almacenes, sean oficiales o particulares, públicos o privados, a todos los cuales se aplica indistintamente en el mismo la denominación de actividades, produzcan incomodidades, alteren las condiciones normales de salubridad e higiene del medio ambiente y ocasionen daños a las riquezas pública o privada o impliquen riesgos graves para las personas o los bienes».

El artículo 2 dispone:

«Quedan sometidas a las prescripciones de este Reglamento, en la medida que a cada una corresponda, todas aquellas actividades que a los efectos del mismo sean calificadas como molestas, insalubres, nocivas o peligrosas, de acuerdo con las definiciones que figuran en los artículos siguientes e independientemente de que consten o no en el nomenclátor anejo, que no tiene carácter limitativo»

  • La actividad molesta constituye, por tanto, aquel tipo de actividad que compromete el valor denominado de la comodidad o la tranquilidad.
  • La actividad insalubre tendría como efecto pernicioso la incidencia sobre la salud humana.
  • La actividad nociva supondría una amenaza o riesgo de daño que se proyecta sobre aquellos bienes o riquezas naturales cuya destrucción puede comprometer el equilibrio ecológico.
  • La actividad peligrosa incidiría en poner en riesgo la vida misma de las personas y la seguridad y conservación de los bienes, marcando el punto máximo alcanzable en la escala jerárquica de las perniciosidades posibles.

Según esto, las actividades que generan ruido se calificarían como molestas, (sin perjuicio de que puedan, además, ser nocivas, insalubres o peligrosas en función de los efectos que produzcan). Esto se confirma en el artículo 31 del RAMINP que define estas actividades de la siguiente forma:

«Serán calificadas comomolestas las actividades que constituyan unaincomodidad por los ruidos o vibracionesque produzcan o por los humos, gases, olores, nieblas o polvos en suspensión o sustancias que eliminen».

Sin embargo, esta definición no es muy clarificadora, porque se presta a valoraciones muy subjetivas sobre lo que puede constituir una incomodidad. La Jurisprudencia se ha encargado de ir perfilando criterios de orientación en este aspecto, que permiten, en cierto modo, encuadrar la actividad generadora de ruidos entre las molestas.

Podemos destacar en este sentido la Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de julio de 1976, que exige una especial intensidad en el modo de producirse el ruido y una repetición permanente o intermitente del mismo que determine su aceptación social o no, es decir, que determine si está incorporado o no al hábito de vida ciudadana.

En esta línea, la Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de diciembre de 1995 sostiene que lo trascendente para la calificación de la actividad es la incidencia que para los vecinos comporta, aceptándose como criterios de valoración los generales y objetivos y no que unos vecinos estén conformes y otros no con la instalación que se trate.

Pero además del RAMINP y su normativa de desarrollo, existen otras normas de carácter administrativo que se ocupan del control de la contaminación acústica. Entre ellas destacan aquellas que regulan el ruido procedente del tráfico y la circulación, una de las fuentes más molestas del ruido y que afecta a un mayor número de ciudadanos. Algunos estudios estiman que en el caso concreto de España hasta un 23% de la población está expuesta a niveles de ruido de esta clase que superan los 65 dB (A). La Ley de Seguridad Vial y Circulación de Vehículos a Motor y su Reglamento de desarrollo (Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de Marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial) prohíben el uso inmotivado del aparato de señales acústicas y establece la obligación del uso de silenciadores.

Por otro lado, la legislación sobre espectáculos contiene una reglamentación minuciosa sobre horarios, insonorización y demás factores que puedan resultar incómodos para los vecinos.

En lo que respecta a las condiciones acústicas en los edificios, estas se encuentran reguladas por la Normativa Básica para la Edificación, NBE-CA-81, aprobada por Decreto 1909/81 de 24 de julio. Esta norma establece las condiciones mínimas exigibles a todo tipo de edificio, tanto de uso residencial como de otros, dotacionales, terciarios o de servicios. Fue modificada por el Real Decreto 2115/82 de 12 de agosto, y por la Orden Ministerial de 29 de septiembre de 1988, conociéndose desde entonces como NBC-CA-88.

Por último, no hay que olvidar la existencia de distintas normas, fruto de la incorporación a nuestro ordenamiento de diversas Directivas europeas, que regulan el ruido producido por los aparatos domésticos, como son: Real Decreto 213/1992 de 6 de marzo, sobre especificaciones sobre ruido en el etiquetado de aparatos domésticos (esta norma no impone un nivel de emisión acústica, sino la obligación de señalar dichos niveles mediante una etiqueta), y otras que se ocupan del ruido producido por las cortadoras de césped: Real Decreto 245/1989 de 27 de febrero sobre el ruido producido por las cortadoras de césped, modificado sucesivas veces hasta la Orden Ministerial de 18 de julio de 1991.

Además, existen diversas normas que regulan el ruido producido por la maquinaria de construcción, como son: Real Decreto 245/1989, de 27 de febrero, sobre determinación y limitación de la potencia acústica admisible de determinado material y maquinaria de obra, modificado por la Orden de 17 de noviembre de 1989, el Real Decreto 71/92, de 31 de enero, por el que se amplía su ámbito de aplicación y se establecen nuevas especificaciones técnicas de determinados materiales y maquinaria de obra; la Orden de 18 de julio de 1991 y la Orden de 29 de marzo de 1996.

Niveles de emisión.

Para analizar los niveles de emisión, producidos por la contaminación acústica, en primer lugar debemos definir los conceptos de inmisión y emisión. La emisión se refiere al ruido inmediatamente a la salida de sus focos. La inmisión es la contaminación por ruidos o vibraciones proveniente de diversas fuentes exteriores o interiores sobre un centro receptor.

Las emisiones e inmisiones se miden por medio de los niveles de evaluación, es decir, niveles medidos para diferentes combinaciones de ámbitos y fuentes.

Las vibraciones de mayor interés se encuentran entre 1 y 1500 Hz. Al igual que con el sonido, las vibraciones constan de numerosas frecuencias y se utilizan escalas de ponderación para valorar sus efectos según se trate para todo el cuerpo o para el sistema brazo- mano.

En la zona de los ultrasonidos, la anchura de banda utilizable es muy variable, considerándose que oscila desde los 20 a 25 KHz, no estableciéndose un límite superior de la banda, pero que puede ser muy elevada para ciertas aplicaciones, como el sonar o en el reino animal.

Eliomario

Bibliografía

Contaminación Atmosférica

Contaminación Atmosférica

            Según Piédrola, la atmósfera es una mezcla de gases que no ejercen ninguna acción química entre sí. A esta mezcla de gases se le denomina aire. Desde el punto de vista físico, es un gas incoloro, inodoro e insípido. Desde el punto de vista químico, el aire participa de las propiedades de todos sus elementos constitutivos, muy especialmente de las del oxígeno, que constituye más de la quinta parte de su peso, correspondiendo las otras cuatro en casi su totalidad al nitrógeno, gas generalmente inerte y que modera la actividad del oxígeno.

            La composición de la atmósfera contiene unos compuestos en concentraciones más o menos constantes, como el oxígeno, el nitrógeno, los gases nobles y otros variables, como el anhídrido carbónico, el vapor de agua, el ozono y también otros gases como el SO, NO Y NO2, etc.

            La atmósfera es un elemento indispensable para la vida y, por tanto, debe preservarse su pureza para no perturbar el normal desarrollo de los seres vivos ni degradar el patrimonio natural y sociocultural de la humanidad. Al ser, por otra parte, un bien común limitado, su utilización deberá supeditarse a los intereses de la comunidad frente a los intereses individuales.

Definición de contaminación atmosférica.

                        El consejo de Europa, en su informe de 14 de septiembre de 1967, definió la contaminación atmosférica como “la presencia en el aire de una sustancia extraña o una variación significativa en la proporción de sus constituyentes, susceptible de provocar un efecto perjudicial o de crear molestias”. En España, la Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de Protección del Ambiente Atmosférico (BOE de 26 de diciembre), define la contaminación atmosférica como “la presencia en el aire de materias o formas de energía que impliquen riesgos, daño o molestias grave para las personas y bienes de cualquier naturaleza”.

                        Existen muchas definiciones de contaminación atmosférica, entre ellas destacamos;  es la impurificación de la atmósfera por inyección y permanencia temporal en ella de materias gaseosas líquidas y sólidas o radiaciones ajenas a su composición natural o en proporción superior a aquella.

                        El termino contaminación suele emplearse para referirse a la ocasionada por fuentes de naturaleza antropogénica, aunque no se deben olvidar los graves episodios de contaminación natural que en ocasiones tienen lugar.

Hay que tener en cuenta que los agentes contaminantes no son sólo sustancias materiales, sino también las radiaciones ajenas a las naturales. Para que una sustancia se considere contaminante, no es preciso que su identidad sea distinta a la de cualquiera de los componentes naturales del aire, es suficiente que su proporción no sea la natural.

A modo de ejemplo, podemos decir el aire está limpio cuando el CO2 se encuentra entre 315- 335 ppm y que el aire está contaminado cuando se encuentra entre 355- 700 ppm, en lo referente al CO que el aire está limpio cuando es aproximado de 1 ppm y está contaminado cuando aparece entre 5- 250 ppm, etc.

Tipos de contaminación atmosférica.

Nos encontramos con dos tipos de contaminación atmosférica, por un lado tenemos la contaminación de naturaleza física y por otro la contaminación de naturaleza química.

Entre las contaminaciones de naturaleza física, las más importantes que destacan son:

  • Contaminación radiactiva:

            La Contaminación radiactiva puede definirse como un aumento de la radiación natural por la utilización por el hombre de sustancias radiactivas naturales o producidas artificialmente.

Con el descubrimiento de la energía nuclear y en especial desde la invención de la bomba atómica se han esparcido por la tierra numerosos productos residuales de las pruebas nucleares.

En los últimos años la descarga en la atmósfera de materias radiactivas ha aumentado considerablemente, constituyendo un peligro para la salud pública.

– Contaminación por radiación electromagnética:

En las últimas décadas se han incrementado los campos electromagnéticos artificiales.  Esto puede producir alteraciones en los organismos, pues los campos y corrientes eléctricas endógenas intervienen en los procesos fisiológicos.

La contaminación por radiación electromagnética ha aumentado debido a la extensión de los servicios de la telefonía móvil, que necesitan un número elevado de instalaciones radioeléctricas para conseguir buenos niveles de calidad y cobertura.

El Real Decreto 1.066/2001 de 28 de septiembre, establece unos límites de exposición del público a los campos electromagnéticos procedentes de emisiones electromagnéticas, esta es una gama de frecuencia comprendida entre 0 Hz y 300 GHz.

– Contaminación acústica:

Dentro de este término, se pueden englobar los ruidos y las vibraciones. En relación a la contaminación de naturaleza química, cuando son emitidos los contaminantes a la atmósfera, estos suelen sufrir unas transformaciones químicas que alteran su naturaleza.

Como consecuencia de lo anteriormente dicho, los contaminantes se clasifican en contaminantes primarios, que son los que se emiten directamente a la atmósfera y secundarios, que son aquellos que se forman en la atmósfera por interacciones entre los contaminantes primarios, las radiaciones incidentes y los componentes naturales de la atmósfera.

Entre los contaminantes primarios, que representan más del 90% del problema de la contaminación, encontramos; hidrocarburos, dióxido de carbono, óxidos de azufre, óxidos de nitrógeno, monóxido de carbono y entre los contaminantes secundarios, sulfatos, nitratos, ozono, oxidantes fotoquímicos, etc.

Fuentes de contaminación.

                        Cada familia de productos contaminantes tiene sus fuentes, su difusión en la atmósfera y sus efectos. En particular, en el caso de la contaminación atmosférica, la difusión de los agentes contaminantes desempeña un papel importante en los efectos producidos: en ciertos casos, una contaminación importante pero de origen puntual puede dispersarse sobre una zona geográfica amplia y tener un impacto débil, en otros casos, una contaminación difusa (por ejemplo, la que generan los medios de transporte se concentra por los vientos y el relieve y tiene un impacto notable sobre las ciudades.

Precursores del ozono.

El ozono es un agente contaminante secundario, no se emite directamente al aire pero es el resultado de una reacción química que implica a lo que se les llama precursores. Son causas el smog y la contaminación acuática, ya que donde se evapora el agua se lleva una serie de contaminantes con ella.

Óxidos de nitrógeno.

Los óxidos de nitrógeno, llamados de modo general por sus siglas, NOx, están compuestos de monoxido y de dióxido de carbono (NO y NO2, respectivamente).

Fuente: Todas las combustiones que tienen lugar a alta temperatura: motores de gasolina de los automóviles, centrales térmicas.

Compuestos orgánicos volátiles

Los compuestos orgánicos volátiles son hidrocarburos que se pueden emitir por factores antropogénicos (producción de gasolina, emanación de disolvente y también por la vegetación.

Gases de efecto invernadero

CFC y similares

Desde los años 1980, se ha demostrado que los CFC, también llamados «freones») tienen efectos potencialmente negativos: contribuyen de manera importante a la destrucción de la capa de ozono en la estratosfera, así como a incrementar el efecto invernadero. El protocolo de Montreal puso fin a la producción de la gran mayoría de estos productos.

  • Fuentes:
    • utilizados en los sistemas de refrigeración y de climatización por su fuerte poder conductor, son liberados a la atmosfera en el momento de la destrucción de los aparatos viejos.
    • utilizados como propelente en los aerosoles, una parte se libera en cada utilización. Los aerosoles utilizan de ahora en adelante otros gases sustitutivos, como el CO2.

Metano

El metano (CH4) es perjudicial por su gran contribución al efecto invernadero. Tiene una capacidad de retención de calor 300 veces superior a la del CO2.

 Fuentes:

  • Fermentación.
  • Gas de digestión en los animales del ganado rumiante, sobre todo
  • Cultivo de arroz

Dióxido de carbono

Aunque el dioxido ce carbono no sea tóxico en sí, y de hecho favorece el crecimiento de las plantas, los ecologistas han puesto en evidencia en los años 1990 que el exceso de dióxido de carbono es una forma más de contaminación, ya que es el principal responsable del proceso de calentamiento global . Por ello, el Protocolo de Kioto, en 1999 estableció un calendario de reducción de las emisiones de este gas.

Otros gases

Monoxido de carbono: es uno de los productos de la combustión incompleta. Es peligroso para las personas y los animales, puesto que se fija en la hemoglobina de la sangre, impidiendo el transporte de oxigeno en el organismo. Además, es inodoro, y a la hora de sentir un ligero dolor de cabeza ya es demasiado tarde. Se diluye muy fácilmente en el aire ambiental, pero en un medio cerrado, su concentración lo hace muy tóxico, incluso mortal. Cada año, aparecen varios casos de intoxicación mortal, a causa de aparatos de combustión puestos en funcionamiento en una habitación mal ventilada.

Partículas.

Las partículas sólidas o líquidas en suspensión en el aire se constituyen principalmente de:

  • polvo (proviene de la erosión de los suelos o de la actividad volcánica),
  • polen (en ciertos periodos del año),
  • residuos de combustión incompleta (sobre todo debidos a los transportes).
  • procesos industriales, como la tala de árboles.

La ligereza de estas partículas y su tamaño, del orden del micrómetro al centenar de micrómetros, les permiten dispersarse con el viento. Pueden penetrar profundamente en los pulmones, causando alergias, pudiendo acarrear dificultades respiratorias o incluso cánceres en ciertos casos.

Efectos de la contaminación atmosférica.

Generalmente los contaminantes se elevan o flotan lejos de sus fuentes sin acumularse hasta niveles peligrosos. Los patrones de vientos, las nubes, la lluvia y la temperatura pueden afectar la rapidez con que los contaminantes se alejan de una zona.      

Los patrones climáticos que atrapan la contaminación atmosférica en valles o la desplacen por la tierra pueden, dañar ambientes limpios distantes de las fuentes originales. Es un problema principal en la sociedad moderna. A pesar de que la contaminación del aire es generalmente un problema mayor en las ciudades, los contaminantes afectan el aire de todos  los lugares. Estas sustancias incluyen varios gases y partículas minúsculas o materia de partículas que pueden ser perjudiciales para la salud humana y el ambiente. La contaminación puede ser en forma de gases, líquidos o sólidos. Muchos contaminantes se liberan al aire como resultado del comportamiento humano. La contaminación existe a diferentes niveles: personal, nacional y mundial.

Contaminantes gaseosos:

En ambientes exteriores e interiores los vapores y contaminantes gaseosos aparece en diferentes concentraciones. Los contaminantes gaseosos más comunes son el dióxido de carbono, el monóxido de carbono, los hidrocarburos, los óxidos de nitrogeno, los óxidos de azufre y el ozono. Diferentes fuentes producen estos compuestos químicos pero la principal fuente artificial es la quema de combustible fósil. La contaminación del aire interior es producida por el consumo de tabaco, el uso de ciertos materiales de construcción, productos de limpieza y muebles del hogar. Los contaminantes gaseosos del aire provienen de volcanes, incendios e industria. El tipo más comúnmente reconocido de contaminación del aire es la niebla tóxica . La niebla tóxica generalmente se refiere a una condición producida por la acción de la luz solar sobre los gases de escape de automotores y fábricas.

El efecto invernadero:

Evita que una parte del calor recibido desde el sol deje la atmósfera y vuelva al espacio. Esto calienta la superficie de la tierra en lo que se conoce como efecto invernadero. Existe una cierta cantidad de gases de efecto de invernadero en la atmósfera que son absolutamente necesarios para calentar la Tierra, pero en la debida proporción. Actividades como la quema de combustibles derivados del carbono aumentan esa proporción y el efecto invernadero aumenta. Muchos científicos consideran que como consecuencia se está produciendo el calentamiento global. Otros gases que contribuyen al problema incluyen los (CFCs), el metano, los óxidos nitrosos y el ozono.

La lluvia ácida:

Se forma cuando la en el aire se combina con el óxido de nitrógeno o el dióxido de azufre emitido por fábricas, centrales eléctricas y automotores que queman carbón o aceite. Esta combinación química de gases con el vapor de agua forma el ácido sulfúrico y los ácidos nítricos, sustancias que caen en el suelo en forma de precipitación o lluvia ácida. Los contaminantes que pueden formar la lluvia ácida pueden recorrer grandes distancias, y los vientos los trasladan miles de kilómetros antes de precipitarse con el rocío, la llovizna, o lluvia, el granizo, la nieve o la niebla normales del lugar, que se vuelven ácidos al combinarse con dichos gases residuales.

La capa de ozono:

 El daño a la capa de ozono se produce principalmente por el uso de clorofluorocarbonos (CFCs). El ozono es una forma de oxígeno que se encuentra en la atmósfera superior de la tierra. La capa fina de moléculas de ozono en la atmósfera absorbe algunos de los rayos ultravioletas (UV) antes de que lleguen a la superficie de la tierra, con lo cual se hace posible la vida en la tierra. El agotamiento del ozono produce niveles más altos de radiación UV en la tierra, con lo cual se pone en peligro tanto a plantas como a animales.

El polvo atmosférico (Partículas de materia):

 Es el término utilizado para nombrar una combinación de partículas sólidas y gotitas líquidas que se encuentran en el aire. Algunas partículas son lo suficientemente grandes y oscuras para verse en forma de hollín o humo. Otras son tan pequeñas que solo pueden detectarse con un microscopio electrónico. Cuando se respira el polvo, ésta puede irritar y dañar los pulmones con lo cual se producen problemas respiratorios. Las partículas finas se inhalan de manera fácil profundamente dentro de los pulmones donde se pueden absorber en el torrente sanguíneo o permanecer arraigadas por períodos prolongados de tiempo.

Eliomario

Bibliografía

Análisis de contaminantes atmosféricos.

            Estudiar la contaminación del medio, comienza con la obtención de datos, ya que son imprescindibles a la hora de adoptar medidas de tratamiento y control.

         Al diseñar una campaña de tomas de muestras, debemos de tener en cuenta dos cosas, primera si éstas se van a tomar directamente del foco emisor, se buscara la cantidad y tipo de contaminante y si por el contrario se enfoca hacia el efecto producido en el medio, se intentará cuantificar la dispersión, el grado de contaminación y la influencia que este produce.

            El objetivo principal de la toma de muestra, es conseguir que una fracción extraída del medio sea representativa del mismo, así como fácil de manipulación, determinación y conservación.

            Los dispositivos y procedimientos de muestreo deben cumplir los siguientes requisitos:

– La muestra debe obtenerse isocinéticamente (la velocidad del gas que entra en la sonda tiene que tener la misma magnitud y dirección que el gas de la corriente principal).

– La cantidad de gas recogido debe ser suficiente.

– La estación de muestreo deberá estar en una sección recta de las chimeneas o como mínimo a una distancia de quince veces el diámetro de la tubería.

– Hay que medir la temperatura y presión manométrica de la muestra, para poder calcular el volumen de gas en condiciones normales.

– Los componentes del tren de muestreo deben ser químicamente inertes con respeto a los gases que se muestrean.

– La temperatura en las sondas de muestreo y las líneas de gas deben mantenerse por encima del punto de rocío.

– Hay que conocer el gasto total volumétrico de la corriente gaseosa y el gasto volumétrico de la corriente de muestra del gas.

Equipos captadores.

            A continuación vamos a analizar los distintos métodos de muestreo, tanto para el muestro de gases, de partículas, de retención y fijación de gases contaminantes y de inmisión.

            En el muestreo de gases, la muestra de gas es aspirada del foco y se hace pasar a través de un instrumento, de modo consecuencial. Para obtener la muestra se utiliza un tren de muestro, que es una combinación de distintos dispositivos destinados a recoger selectivamente muestras de contaminantes específicos y ésta compuesta de los elementos necesarios para la captación de partículas y para la segregación del contaminante.

             El muestreo puede hacerse de forma manual o automática.

            Si optamos por una forma manual se pueden utilizar trenes de muestro instantáneos o puntuales, que se realizan en un intervalo de tiempo muy corto y se obtienen volúmenes de muestra muy limitados (la ventaja es que se pueden medir contaminantes en grandes concentraciones y aportan datos reales), o por métodos acumulativos o integrados, donde el volumen de muestra es mayor y se hace pasar a través de un recipiente en que hay sustancias que recogen el contaminante cuya concentración se determinará posteriormente. Según el fenómeno físico-químico que tenga lugar entre contaminante y sustancia se distinguen los siguientes métodos:

  • Absorción: se pasa el gas a través de un líquido absorbente que retiene el contaminante por disolución o reacción química.
  • Condensación: se pasa la muestra a través de una serie de recipientes, donde se reduce su temperatura hasta por debajo del punto del rocío condensándose. Las sustancias refrigerantes son hielo, hielo y sal, hielo seco, aíre líquido y nitrógeno líquido.
  • Adsorción: el gas pasa a través de un elemento poroso que, por afinidad retiene la sustancia, que a continuación es extraída mediante disolventes. Los disolventes más utilizados son carbono activo, silicagel, tamices moleculares y polímeros porosos.

Si por el contrario optamos por una forma automática, nos encontramos con que el detector está en el extremo de la chimenea, con traducción electrónica a unidades de concentración. La desventaja que encontramos en esta forma es la dificultad de calibración de los equipos, la necesidad de repuestos y un mantenimiento frecuente. En la forma automática nos encontramos con el método de medida a distancia, donde la medida se realiza sobre el penacho una vez que ha salido de la chimenea, cerca de la boca de la misma. La diferencia con las anteriores es que en este método los equipos están lejos de las chimeneas que se pretenden muestrear.

             En el método para el muestreo de partículas es necesario medir los parámetros físicos como el porcentaje de humedad, presión estática y dinámica, temperatura y peso molecular del gas portador. Estos parámetros son indispensables para obtener los resultados, así como para adaptar las condiciones de la muestra. Para que la toma de muestra sea válida hay que extraer la muestra durante el mismo tiempo en cada uno de los puntos seleccionados y a la misma velocidad que la que circula el gas en ese punto dentro del conducto, hay que dividir la sección del foco en un número de equiáreas menores, localizando en el centro de cada una, la boquilla del muestreo y por último localizar un tramo recto donde el régimen de circulación del gas en su interior sea lo más estacionario posible.

            Los métodos son de dos tipos:

  • Extractivos:

Manuales: las partículas son extraídas por un equipo de muestreo, quedando recogidas por filtración o por algún aparato por cambio brusco de velocidad y dirección de la corriente gaseosa. Con las partículas sólidas o líquidas es representativa si es tomada en condiciones isocinética y pueden ser:

-Ciclones: las partículas más grandes van al fondo del ciclón y continúan el recorrido las más pequeñas.

– Filtros selectivos: las partículas son retenidas por mallas cada vez más finas.

Automáticos:

  • Ópticos: se mide la disminución de la intensidad de luz que atraviesa un cristal sometido a los humos de la chimenea durante un período de tiempo determinado, antes y después de su limpieza.
  • Atenuación de la radiación Beta: mide la disminución de intensidad que sufre una radiación emitida por una fuente de baja actividad al atravesar un filtro, antes y después de ser depositada en su superficie una muestra de partículas extraídas de la chimenea.
  • No extractivo:

Manuales: la emisión de humos se realiza de forma manual no extractiva, con una posterior comparación visual con una escala arbitraria, a través del método visual denominado escala Ringelman, la cual consiste en seis patrones de comparación, desde el blanco total al negro. El color de la emisión se compara visualmente y los resultados se promedian y se obtiene un resultado expresado en unidades Ringelman o en porcentajes.

Automáticos: Encontramos lo opacímetros que son equipos basados en medir la diferencia de intensidad de luz entre una fuente emisora y la que llega a un detector. La medida de la opacidad es función de la concentración del aerosol, así como del camino recorrido por la luz.

El método de muestreo por inmisión. Los equipos de recolección de partículas y gases que emplean, aplican técnicas basadas en sencillos fenómenos físicos y químicos, para obtener una muestra representativa de los elementos contaminantes en el nivel del suelo.

Por último tenemos los métodos de retención y fijación de gases contaminantes. Los gases de la atmósfera pueden reaccionar con los componentes gaseosos contaminantes, por lo que es necesario conocer todos los componentes de la muestra para prever su posible reaccionabilidad. Las técnicas de retención y fijación de gases son:

  • Absorción: consiste en la transferencia de uno o más componentes gaseosos de una mezcla de gases a un medio líquido en la cual se disuelve. El grado de absorción de un gas en un disolvente queda determinado por el equilibrio entre la presión parcial del gas y la presión de vapor del líquido.
  • Adsorción: las moléculas son concentradas y confinadas en una capa superficial de la fase adsorbente por atracción intramolecular. Entre los materiales adsorbentes están el carbono activo, silicagel, hopcalita, etc.

Las técnicas que se utilizan son; la filtración, centrifugación, impactación y sedimentación.

Métodos analíticos.

Entre los principales métodos analíticos de contaminantes químicos atmosféricos encontramos, los siguientes:

Métodos analíticos para compuestos de azufre, tales como:

  • Dióxido de azufre (SO2): encontramos tres métodos; el colorimétrico de la pararrosanilina, que consiste en hacer borbotear el aire sobre una solución de tetramercuriato sódico que absorbe el SO2, formando un complejo que reacciona con pararrosanilina dando un colorante rojo violeta medible por espectrofotometría a 548nm, el método de oxidación con peróxido de hidrógeno y precipitación con bario que consiste en la absorción de SO2  en H2O2 con lo que se oxida a H2SO4 que puede determinarse con bario por precipitación, y, por último el método yodométrico, que consiste en pasar gas sobre disolución de yodo en exceso, el yodo restante después de reaccionar se valora con solución de tiosulfato sódico de concentración exactamente conocida.
  • Nieblas de ácido sulfúrico (H2SO4): el SO puede convertirse por oxidación en SO2, que con la humedad se transforma en H2SO4 y para su determinación se utiliza el método de determinación como sulfato, que consiste en la precipitación con bario y utilizando como indicador Thorina, la muestra no se recoge sobre peróxido de hidrógeno, sino sobre solución hidroalcoholica y filtro de fibra de vidrio para determinar la parte de niebla ácida que acompaña a la materia particulada y determinación del contenido total del ácido se realiza cuando se tiene la certeza de que el único aporte de acidez es el correspondiente al ácido sulfúrico y consiste en absorción sobre solución de hidróxido sódico y posterior valoración de la cantidad de álcali restante.
  • Sulfuro de hidrógeno (H2S): método del sulfuro de cadmio, es volumétrico y consiste en hacer borbotear el gas sobre una disolución de hidróxido de cadmio con lo que precipita el sulfuro de cadmio, que se determina añadiendo yodo en exceso y valorando por retroceso con solución de tiosulfato sódico y el método de azul de metileno, que es colorimétrico y consiste en, el muestro es idéntico al anterior y después el ión sulfuro se hace reaccionar con p-aminodimetilanilina y una sal de hierro(III) para obtener un colorante susceptible de determinación espectrofotométrica azul de metilo.

                       Métodos analíticos para los óxidos de nitrógeno:

  • Método del ácido fenol disulfónico: para la determinación de los NO, se puede usar un método espectrofotométrico que consiste en la reacción con ácido fenoldisulfónico para formar un colorante azoico amarillo. Los NO se recogen en un balón de vidrio cerrado, que contiene una solución de ácido sulfúrico y peróxido de hidrógeno. Los gases recogidos se dejan en contacto con esta solución varias horas antes de realizar la determinación con ácido fenoldisulfónico.
  • Método de Griess-Saltzman: se utiliza para analizar NO2 y es la reacción con ácido sulfanílico para dar un compuesto que reacciona a su vez con naftiletilendiarnina dando un colorante azoico.
  • Método del arsenito sódico: es una modificación del anterior. El NO2 se recoge haciendo pasar aire por una solución de arsenito sódico en medio básico formando nitrito. Este reacciona con sulfamida y naftiletilendiarnina para formar un colorante azoico que se puede cuantificar espectrofotométricamente.

Métodos analíticos para los óxidos de carbono:

  • Monóxido de carbono: encontramos cuatro métodos; de absorción, que consiste en la medida del cambio de volumen de una solución de reactivo al poner en contacto la solución con el gas, es un método volumétrico, de la oxidación catalítica a dióxido de carbono, se determina la cantidad de CO2 producido por la oxidación catalizada de CO, el catalizador es una mezcla de óxidos de manganeso MnO2 y de cobre, el espectrofotométrico se hace pasar CO por una solución alcalina de p-sulfaminobenzoato de plata y a continuación determinación espectrofotométrica a 425nmy el de espectroscopia infrarrojo el CO absorbe en la región infrarrojo y esto se utiliza para su determinación, otros gases absorben en esta misma zona del espectro, entre ellos óxido nitroso acetileno, etc, que hay que tenerlos e cuenta.
  • Dióxido de carbono: el método volumétrico, se borbotea la muestra de aire sobre una mezcla de hidróxidos de bario y cloruro de bario, el Co2 forma carbonato de bario que precipita, y se valora el exceso de hidróxido de bario con solución de ácido oxálico y el gravimétrico que consiste en pasar la muestra a través de un absorbente fuertemente básico y exactamente pesado, después se vuelve a pasar el absorbente y la diferencia nos da el contenido en CO2.

                                Método analítico para el amoniaco.

  • Método volumétrico: se borbotea gas a través de disolución de ácido sulfúrico diluido normalidad conocido, la cantidad de amoniaco se determina valorando el sulfúrico restante por retroceso, con solución de una base.
  • Método de Nessler: se recoge la muestra borboteando sobre solución de ácido sulfúrico y permanganato potásico, la solución de recogida se destila y se determina el amoniaco con reactivo de Nessler, formándose un compuesto naranja que se mide por espectrofotometría UV-VIS.

Método analítico para los fluoruros.

  • Método espectrofotométrico con SPADNS: el fluoruro decolora a los colorante orgánicos como el SPADNS y el naftaleno, esto se utiliza para su determinación espectrofotométrica, la muestra se recoge por borboteo de aire sobre solución de hidróxido sódico 0,1 N.
  • Método potenciométrico: La muestra se recoge haciendo borbotear aire sobre solución de hidróxido sódico 0,1 N, después la determinación potenciométrica se hace en medio ácido acético y añadiendo supresores de interferencias.

                             Métodos analíticos para los compuestos de cloro.

  • Método con yodo: se pasa la muestra a través de borboteadores que contienen solución de yoduro potásico en medio ácido, el yodo liberado se mide por espectrofotómetro a 32 nm.
  • Método de la DPD: este reactivo produce un color rosa susceptible de determinación espectrofotométrica a 515nm, en presencia de cloro.
  • Método de la otoluidina: la muestra se mete en solución de otoluidina en medio clorhídrico y se obtiene un compuesto amarillo medible espectrofotométricamente a 44nm.
  • Método del anaranjado de metilo: se muestrea gas sobre borboteador en solución de naranja de metilo, cerca de pH 3 el color naranja de metilo desaparece por el pase del cloro y esto permite su determinación espectrofotométrica a 505 nm.

                          Métodos analíticos para los metales:

 Para la determinación de metales las técnicas que se utilizan son la espectroscopia atómica, la espectroscopia de absorción atómica y la espectroscopia de emisión.

Métodos analíticos para los compuestos orgánicos:

 Las técnicas más usadas son las cromatográficas en compuestos  tales como:

  • Hidrocarburos.
  • Compuestos halogenados volátiles.
  • Hidrocarburos aromáticos policiclicos.
  • Etalatos.
  • Policlorobifenilos.
  • Pesticidas Organoclorados.
  • Fenoles.
  • Aldehídos.
  • Otros compuestos orgánicos.

                          Métodos analíticos para los oxidantes fotoquímicos.

  • Determinación de ozono: se utilizan dos métodos, el método colorimétrico con yodo que consiste en la absorción sobre solución de yoduro de normalidad exactamente conocida, el ozono oxida el yoduro a yodo y es medido espectrofotométricamente y el método con fenolftaleína, es la oxidación de la fenolftaleína por el ozono y determinación colorimétrica.
  • Determinación de nitratos de peroxiacilo: los componentes de este compuesto se separan mediante cromatografía de gases, utilizando como detector el de captura de electrones (ECD).

Métodos analíticos para las partículas:

 La técnica usada es la gravimetría tanto para partículas emitidas por focos como por inmisión, la diferencia radica en las técnicas de muestreo.

Eliomario

Bibliografía

Contaminación por metales pesados sobre las comunidades de organismos acuáticos

Estudio de los principales efectos de la contaminación por metales pesados sobre las comunidades de organismos acuáticos y cómo pueden afectar a la cadena trófica.

Es importante el volumen de lodos piríticos y aguas ácidas transportadas por vertidos mineros, agrícolas, industriales, sociales y otras fuentes difusas que permiten que elementos tóxicos como el plomo, zinc, cobre, cadmio, arsénico y otros metales pesados entren en el suelo, bien de forma soluble en las aguas, en forma de lodo a través de las grietas del suelo o como consecuencia del proceso de oxidación de los sulfuros. Esta contaminación está, probablemente, relacionada con la presencia de mineralizaciones de sulfuros aguas arriba y las actividades mineras históricas, especialmente las explotaciones intensivas.

En definitiva, según la forma en la que se encuentre el metal retenido en el suelo, así será la disponibilidad relativa por las plantas y por tanto la incorporación en los organismos.

 Forma de retención en el suelo  Disponibilidad relativa
 Iones en solución del suelo  Fácilmente disponible
 Ión en complejo de cambio  Relativamente disponibles pues estos metales, por su pequeño tamaño y altas cargas, quedan fuertemente adsorbidos
 Metales quelados por compuestos orgánicos  Menos disponibles
 Metal precipitado o coprecipitado   Disponible sólo si ocurre alguna alteración química
 Incorporado a la matriz biológica  Disponible después de la descomposición
 Metal en la estructura mineral  Disponible después de la meteorización

Al ir transcurriendo el tiempo disminuye la disponibilidad de los metales, ya que se van fijando en las posiciones de adsorción más fuertes y también los geles van envejeciendo y se van volviendo más cristalinos.

En general se considera que la movilidad de los metales pesados es muy baja, quedando acumulados en los primeros centímetros del suelo, siendo lixiviados a los horizontes subsuperficiales en muy pequeñas cantidades. Es por ello que la presencia de altas concentraciones en el horizonte superficial seguida de un drástico decrecimiento a los pocos centímetros de profundidad es un buen criterio de diagnóstico de contaminación antrópica.

Los principales contaminantes procedentes de actividades agrícolas son:

Biocidas y fitosanitarios

Sólidos en Suspensión

Eutrofizantes (NO3 y PO4)

Consumidores de O2 (DBO5 o DQO)

Contaminantes  hospitalarios y farmacéuticos

Antiinflamatorios (entre otros, el ibuprofeno), antibióticos y antidepresivos (reguladores lipídicos, antihistamínicos, etc.).

 En cuanto a los productos de higiene, el triclosán y el triclocarbán están entre los más agresivos

Las masas en riesgo seguro como consecuencia de fuentes difusas de contaminación son fundamentalmente aquellas en las que se detectan sustancias prioritarias procedentes de actividades agrícolas a concentraciones superiores a las normas de calidad ambiental vigentes. En el conjunto de la cuenca y con una frecuencia variable en las diferentes campañas agrícolas se detectan: Simazina, Endrín, Aldrín, Terbutilazina, Isodrín, HCH, Atrazina, Dieldrín, Diurón y Clorpirifos.

Datos disponibles en la literatura muestran que muchos de los valores individuales de concentración de As, Cd, Cu, Pb y Zn en suelos afectados pueden ser considerados tóxicos para el crecimiento de las plantas (Ross, 1994; Singh y Steinnes, 1994).

 Todos los niveles tróficos presentes en las Marismas y cuencas bajas. Los metales pesados, a diferencia de otro tipo de contaminantes (e.g. pesticidas) no tienen un comportamiento claro en cuanto a su proceso de biomagnificación a través de las cadenas tróficas. El mercurio es quizá el único metal pesado que se ha demostrado se acumula a lo largo de las cadenas tróficas (Peterle, 1991). Otros como el plomo, se sabe más que se concentran en los consumidores primarios que en sus predadores, no habiéndose encontrado procesos de biomagnificación claros. Estas diferencias tienen que ver tanto con el diferente comportamiento de los metales a la hora de bioacumularse, como con la capacidad de expulsarlos por parte de los portadores y las características de cada cadena trófica afectada (Moriarty, 1988; Peterle, 1991). El resultado es que distintos grupos de seres vivos tienden a acumular los mismos o distintos elementos en proporciones diferentes. Por ello, en una misma área el grado de afección puede variar de forma sustancial de unas especies a otras, siendo muy difícil preverlo a priori. Resulta por ello aconsejable, ante episodios de contaminación por varios metales, iniciar un seguimiento muy amplio de especies de los distintos niveles tróficos.

De entre los muchos problemas derivados de la actuación del ser humano en los ríos, sobre todo sus estuarios, hay uno que debería preocupar de modo especial a la población: el agua está envenenada durante más de la mitad del año.

La eliminación de meandros del río para facilitar la navegación y la desecación de zonas del estuario para cultivar  han provocado que no se mezclen las aguas dulces y marinas de la manera y en la cantidadnecesarias para el correcto funcionamiento del ecosistema fluvial. Las aguas del río contienen un exceso de lodo en suspensión que hace que no penetre la luz más allá de un par de centímetros sobre la superficie. Estas condiciones son ideales para que la toxina generada por una cianobacteria, la Microcystis aeruginosa, prolifere más tiempo y en más cantidad de lo conveniente. “El problema es que la toxina se va concentrando a lo largo de la cadena alimentaria”, (Eduardo Costas) “El fitoplancton se come a la cianobacteria; los peces pequeños al fitoplancton; los peces grandes y las aves, a los peces pequeños… Como se trata de una hepatotoxina, se va acumulando en el hígado de los animales.

El peligro para el ser humano es más por acumulación que directo. “A principios de este siglo, más de 200 personas fallecieron en Sao Paulo (Brasil) por consumir agua contaminada”, (Eduardo Costas)”. Pero este riesgo es prácticamente nulo. Basta con no beber agua directamente del río. El verdadero problema es que comer durante años pescado o moluscos contaminados  puede producir enfermedades a largo plazo.

Exceso de sólidos en suspensión que enturbian el agua e impiden que pase la luz necesaria, niveles de oxígeno por debajo de lo recomendable para mantener la biodiversidad, peces aptos para el consumo humano impregnados de una potente toxina… Estos son algunos de los graves efectos provocados por décadas de acción humana irresponsable en los estuarios del los ríos.

La acuicultura también se ve afectada. Las piscifactorías que hay en los ríos se nutren de su agua, y aunque se elige el agua de más calidad de entre la que llega, esto no significa que esté completamente limpia: en momentos concretos del año, hay que conformarse con la menos mala. Por otra parte, el agua para consumo está depurada, con lo que no supone un riesgo para la salud, aunque sí económico:cuanto más contaminada esté, más caro resulta el proceso de dejarla apta para beber.

Asimismo, los científicos han comprobado que las recurrentes mortandades masivas de aves se deben a que estas han bebido agua contaminada por tóxicos. Y va en aumento.

Al rectificar los ríos, se acumulan demasiados sólidos en suspensión y las tasas de renovación de aguas son bajísimas, “lo que hace que pase menos luz para hacer fotosíntesis en el interior del río. La luz apenas penetra unos centímetros bajo la superficie. El metabolismo del río se convierte en heterótrofo; es decir, deja de generar energía orgánica a partir de la del sol, como debería ser”.( Javier Ruiz. CSIC.)

A este problema hay que añadir el del exceso de dióxido de carbono liberado por el consumo de oxígeno. La consecuencia de esto es que se disuelven las estructuras calcáreas de losmoluscos, sobre todo los más pequeños.

La carencia de luz en el interior del río puede tener consecuencias aun más graves que estas.

La monitorización de metales pesados en el medio ambiente nos da información en varias de las siguientes áreas: Por un lado, nos da un aviso temprano de efectos tóxicos, si existen. Por otro lado nos ayuda a conocer áreas de impacto y lugares donde la concentración resulta aparente, y deducir así posibles rutas de exposición hacia humanos, por lo que, en definitiva, se establece una base sobre áreas geográficas. También es útil conocer la tendencia de estos metales pesados a lo largo del tiempo. Si bien los metales pesados tienen una actividad tóxica reconocida a concentraciones altas, los organismos vivos tienen necesidad vital de alguno de ellos, ya que son necesarios para diversas funciones fisiológicas.

Existen algunos estudios que hacen referencia a la acumulación de metales pesados por plantas acuáticas. Estos estudios tienen importancia porque muchas de ellas son consumidas por invertebrados acuáticos y después éstos ingeridos por peces y estos por humanos, o las plantas acuáticas pueden ser directamente ingeridas por los peces.

Los diferentes metales pesados tienen órganos más afines que otros a la hora de acumularse y la mayoría de los autores coinciden en resultados parecidos de patrones de acumulación. Incluso dentro de cada órgano la distribución de los metales no es por igual en la célula.

El Cd elige como órgano de concentración mayor el riñón, pero también en menor

cantidad en hígado, branquia y como último el músculo. (WHO, 1992).

El Zn se acumula principalmente en branquias si la vía de absorción es acuática, también se acumula en hígado, menos en riñón y poco en músculo, bastante en huesos.

El Pb se acumula más en hígado, branquias (si la vía de absorción es acuática), menos en riñón y también poco en músculo. Cuando el Pb se acumula, mayormente lo hace en branquias, hígado, riñón y huesos.

El Cu se acumula básicamente en hígado, aunque también se detectan niveles en riñón, menos en branquia y poco en músculo. En mamíferos, se ha sugerido que el hígado juega el mayor papel en la protección de exposiciones crónicas a Cu al producir metalotioneínas y al actuar como lugar de almacenamiento.

El zincforma parte de más de 100 metaloenzimas (enzimas con un mineral en su estructura). Es esencial en la síntesis de DNA, en procesos implicados en la inmunidad, curación de las heridas, percepción del sentido del gusto, síntesis de esperma y el desarrollo físico normal. Se han encontrado niveles elevados de Zn en gónadas de peces, sobre todo de hembras porque juega un papel fisiológico esencial en la fertilización y por tanto, se almacena como reserva en los oocitos femeninos (Hamza-Chaffai et al., 1996). La hipótesis de que el zinc (Zn2+) podría tener una función fisiológica como parte de las defensas antioxidantes del organismo surge a partir del hallazgo de que la deficiencia de Zn2+ está asociada a una situación de estrés oxidativo. Así, utilizando modelos de deficiencia de Zn2+ en animales se han descrito elevados niveles de daño oxidativo a distintos componentes celulares (Sullivan et al., 1980; Tate et al., 1999). Está presente en la corteza terrestre en una concentración media de 70 mg/Kg., donde no se suele encontrar de forma libre, sino formando complejos con sulfuros, carbonatos y óxidos.La contaminación principal de Zn en el medio ambiente proviene de los residuos industriales derivado de sus usos. Derivados del Zn, como el óxido de Zn se utiliza en pinturas, cosméticos, productos parafarmacéuticos, plásticos, baterías, textiles y el sulfuro de Zn se utiliza en fluorescentes, rayos X y pantallas de TV.

El cobrees un metal común en la naturaleza, que en los seres vivos está involucrado en reacciones redox, forma parte esencial de la citocromo oxidasa y también es constituyente de numerosas enzimas. Es fundamental en la absorción de hierro y en la síntesis de hemoglobina. Esto significa que el metabolismo normal del Cu debería estar relacionado tanto con bajas como con altas concentraciones corporales.

En la corteza terrestre, el cobre(Cu) se encuentra a una concentración aproximada de 70 ppm y en una gran variedad de formas. Así mismo, forma dos tipos de sales con las dos valencias Cu1+ y Cu2+ que suelen ser muy estables en el medioambiente (Budavari, 1996).

El Cu se descarga ampliamente de fuentes puntuales (plantas industriales de metales y de otras industrias, como refinerías y fundiciones), vertidos domésticos, botes de pintura y lixiviados metálicos, así como de fuentes más lejanas como la escorrentía que arrastra fertilizantes, pesticidas, deposición atmosférica, tratamientos antialgas de aguas, etc….

Su papel es muy importante en el proceso de fotosíntesis de las plantas. Así como también en la formación de glóbulos rojos y en el buen funcionamiento del sistema inmunitario, mantenimiento de los vasos sanguíneos, nervios y huesos. Es esencial para el mantenimiento de la vida humana. La intoxicación aguda por sobrepasar la dosis catalítica de 15 mg día se presenta con dolores abdominales, náuseas y vómitos, trastornos mentales, diarreas. Irritación de las vías respiratorias por su inhalación.

El Valor máximo tolerado en el trabajo es de 0,2 mg/m3 para el humo y de 1 mg/m3 para el polvo. La ingestión de más de 30 g de sulfato de cobre es potencialmente mortal.

Las recomendaciones de la OMS indican no sobrepasar los 2 mg/l en el agua potable “ Guía de la calidad del agua potable”. (Piñero y Armario 2011)

El cadmioy el plomoson elementos no esenciales, muy tóxicos y no se les conoce una función fisiológica en los seres vivos. Aunque están en estudio.

Los niveles de cadmio(Cd) en la corteza terrestre están entre 0,1-0,5 μg/g, en la atmósfera entre 0,1-5 ng/m3, en los sedimentos marinos aproximadamente 1 μg/g, en el agua marina aproximadamente 0,1 μg/L (Clark, 1992) y en agua de río la concentración de Cd disuelto está entre 1-13,5 ng/L (WHO, 1992).

El Cd, como fuente de polución en el medioambiente, proviene primariamente de efluentes industriales (fundición del cobre, Zn, Pb y níquel) y municipales, así como de la deposición atmosférica procedente de la combustión de plásticos, combustibles de automóviles, gomas y del humo de tabaco…

Es uno de los metales más tóxicos, junto al mercurio. Abunda poco en la naturaleza. Encontrándose principalmente en la corteza. Toxicidad. El humo del tabaco, también el de la soldadura eléctrica, transporta el cadmio a los pulmones produciendo trastornos graves .

Otros efectos sobre la salud son: daños al sistema nervioso central, daños al sistema inmune, desórdenes psicológicos, desarrollo de cáncer, diarreas y vómitos, problemas de estómago, problemas de fertilidad, descalcificación

Unas 25000 toneladas anuales son liberadas al medio ambiente, al aire por los incendios y volcanes a los ríos por descomposición de la corteza terrestre, el resto por las actividades humanas.

Según Clark (1992), las emisiones atmosféricas de Cd, consideradas como la ruta principal de entrada al medioambiente, son primariamente antropogénicas y se han estimado en unas 7.300 Tn/año, comparadas con las 960 Tn/año de fuentes naturales. La actividad volcánica es la mayor fuente natural de Cd a la atmósfera que se estima entre 100-500 Tn/año (WHO, 1992). El vulcanismo profundo de los océanos es otra fuente natural que se ha estimado que lanza aproximadamente 1000 Tn/año (Nriagu y Pacyana, 1988)

La concentración media de plomo(Pb) en la tierra es de 1,6 g por cada 100 Kg de suelo (Pain, 1995) y según Clark (1992), la producción total de plomo ronda los 43 millones de toneladas/año. En la naturaleza, el Pb2+ es la forma estable del Pb, pero también forma complejos poco solubles con carbonatos, sulfuros, sulfatos e hidróxidos. Los compuestos orgánicos (derivados alquílicos del Pb) también forman complejos con materiales húmicos (Schulz-Baldes et al., 1983).

Las fuentes de contaminación de Pb son más dispersas y proceden de muchos y variados ámbitos.

Las áreas urbanas y cercanas a carreteras han sido la principal fuente de Pb antropogénica. Como resultado, la aportación primaria de plomo al medioambiente se hizo a través de la combustión de gasolinas de automóviles. Según Clark (1992), las actividades humanas liberan mucho más Pb a la atmósfera (449.000 toneladas/año) que las fuentes naturales (19.000 toneladas/año). Prueba de ello, es que las concentraciones de Pb están mucho más elevadas en el suelo y organismos cercanos a carreteras donde la densidad de tráfico es alta. El Pb medido es inorgánico y deriva casi exclusivamente de compuestos alquílicos de Pb añadidos a los carburantes de automóviles (WHO, 1989). Las emisiones o descargas de industrias que utilizan Pb en su actividad. Perdigones de cartuchos de munición….

El plomo es uno de los metales más antiguos utilizados por el hombre, tanto por su abundancia, como por su facilidad de fundición. Se utilizaba desde muy antiguo como lámina para escribir sobre él. Fue utilizado también, durante el imperio romano para la fabricación de tuberías. Posteriormente y en la actualidad se utiliza para la fabricación de medallones, en la construcción, aleaciones, electricidad, pigmentos, fabricación de plásticos, vidrios, cerámica, explosivos, insecticidas, imanes, blindajes contra radiaciones…

Toxicidad. Es un problema grave para el medioambiente, dada su constante acumulación, originada casi exclusivamente por el ser humano. El saturnismo crónico (intoxicación por plomo) puede producir deformidades y auto agresiones en los seres vivos. También destruye el fitoplancton.

Otra sintomatología que puede producir la acumulación de plomo en el organismo es: presión arterial alta, daños renales, trastornos del sistema nervioso, anemia, daños en el cerebro, daños en el esperma, agresividad, hipersensibilidad, trastornos neurológicos, depósitos en las encías de color gris “ línea de Burton”, daños en el feto, dolor de cabeza, insomnio, diarreas …

La cantidad de antimonio sobre la corteza terrestre es de aproximadamente un 0,3 a 0,4 ppm. Su aplicación en la industria es mucho más importante que su uso terapéutico, debido a su alta toxicidad. El tres de agosto de 1866 fue declarado veneno oficialmente. El aire que contiene grandes cantidades de antimonio y durante largos períodos de exposición produce irritación de pulmones y ojos, problemas de estómago, corazón y pulmones. La exposición ocupacional está limitada a 0,5 mg por metro cúbico de aire en ocho horas. El nivel máximo en el agua potable es de 0,006 ppm. Toxicidad. Dermatitis, obstrucción bronquial, diarreas y vómitos.

El arsénico Muestra propiedades intermedias entre los metales y los no metales. Pertenece a la familia de los metaloides. Se presenta principalmente en forma de sulfuros. Está contenido en la formulación de algunos medicamentos a pesar de ser sumamente tóxico. Es un elemento químico imprescindible para la vida. Está presente en carnes, vegetales y cereales, pescados, crustáceos. Las dosis necesarias de 14 ug diarias estarán cubiertas con el consumo de estos alimentos.

Empleado con fines terapéuticos desde muy antiguo, está prácticamente abandonado por la medicina occidental en la actualidad, salvo en el caso del trióxido de arsénico, utilizado en el tratamiento de pacientes con leucemia promeliocítica aguda

Fue estudiado y utilizado por Plinio, Galeno, Dioscórides y otros sabios de la antigüedad, que ya conocían sus efectos tóxicos y corrosivos. Lo utilizaron para afecciones de la voz, tos y disneas. Los árabes también lo utilizaron medicinalmente en usos externos, en pociones y otros preparados.

Paracelso lo utilizó ampliamente en sus prácticas médicas. También fue estudiado por Alberto Magno y Roger Bacon. Muy utilizado en el siglo xviii, fue sustituido por los antibióticos y las sulfamidas.

Toxicidad. No es infrecuente la intoxicación por este metaloide. Contaminación de acuíferos, contaminación industrial, pesticidas. Una ingestión igual o superior a cien miligramos o menor cantidad durante mucho tiempo puede ser causa de envenenamientos graves. Se está estudiando la posibilidad de que produzca afecciones cancerígenas. Su exceso provoca vómitos, diarreas, fallos hepáticos y renales, deshidratación y edema pulmonar. (Piñero y Armario 2011)

 El azufre abunda bastante en la naturaleza. Es necesario para muchos aminoácidos y esencial para todos los organismos, también para las proteínas. Muy importante en la nutrición humana ligados a aminoácidos como la cistina y la metionina, así como al encima glutatión. Intoxicación: problemas respiratorios, dermatitis….

Bismuto. De creciente importancia comercial como sustituto del plomo, debido a la alta toxicidad de este.

Utilizado en la década de los 60 por la medicina química asociado a antibióticos, ocasionó múltiples casos de iatrogenia, por lo que fue prohibido en la formulación de cualquier preparado que lo contuviese. Toxicidad. Anemia, problemas en la piel, diarreas.

El cobalto. Es un elemento esencial en pequeñas cantidades. Considerado sin valor en la edad media, el radio isótopo de cobalto Co-60 es en la actualidad uno de los agentes más utilizados en el tratamiento del cáncer, así como en la esterilización de alimentos. Tiene múltiples usos industriales. Toxicidad. Radioactividad del Co-60, la exposición prolongada a su radiactividad puede provocar cáncer. El polvo de cobalto además de ser tóxico es inflamable.

El hierro es el cuarto elemento en abundancia de la tierra. Alrededor de un 5 porciento El hierro es uno de los componentes más valiosos del universo. Es el metal más utilizado. Parece ser que los egipcios y los sumerios lo utilizaban ya 4000 años antes de Cristo.

El Hierro contenido en el ser humano representa unos valores que oscilan entre 35 mg/kg para las mujeres y unos 50 mg/kg para los hombres. Es un componente esencial para el crecimiento y supervivencia de los seres vivos.

Toxicidad. Un exceso de Hierro puede provocar daños hepáticos. En casos leves su exceso puede provocar vómitos, dolores gástricos y estreñimiento. En caso de empeoramiento aparecerá hipotensión, arritmias, urticaria, pérdida de fuerzas. Si se agrava aún más aparecerá fiebre, dolores de espalda, asma, diabetes, colapso, manchas en la piel, cirrosis hepática, coma.

El mercurio Se usa en la industria en la confección de espejos, lámparas, esterilización, termómetros, instrumentos de medición, explosivos, empastes…. Se emplea en medicina como antiséptico. El cloruro de mercurio fue el primer remedio contra la sífilis, también se utilizó (calomelanos) como purgante, diurético y antihelmíntico Las reservas de cinabrio más importantes del mundo se encuentra en las minas de Almadén (Ciudad Real), en España. Es uno de los contaminantes marinos más peligrosos que existen

Toxicidad. Es extremadamente tóxico, requiriendo para su transporte y almacenamiento medidas especiales, reguladas por leyes y decretos. Es perjudicial por contacto, ingestión e inhalación. Irritante para las vías respiratorias, ojos y piel. La exposición prolongada puede lesionar el sistema nervioso, cerebro y riñones produciendo hidrargiria. Otros efectos son: escozor de garganta, debilidad, dolor de cabeza, pérdida del apetito, dermatitis. La ingesta prolongada con alimentos contaminados con mercurio produce la enfermedad llamada de Minamata, con pérdida de visión e incluso ceguera. Una intoxicación leve aparece con salivación abundante, vómitos, gastroenteritis, inflamación de las encías, trastornos del carácter, amigdalitis, úlceras y sangrado de las encías y de los intestinos…

Plata. Es algo más duro que el oro, pero menos dúctil y maleable. El mejor conductor de la electricidad y del calor, de entre todos los metales. Se utiliza en la industria química, fotográfica, orfebrería, monetaria, medicina uso externo, electrónica, aleaciones, catalizador, soldaduras… Se utiliza como moneda desde hace 700 a,C. Y conocido como tal hace 6000 años. Ya Hipócrates la utilizaba como germicida y se comercializa hoy para diversas dolencias. Está en estudio su utilidad como antibiótico. Su uso empírico durante todo el siglo xx hasta la actualidad demuestra que es útil en diversas causas de infecciones. Existe una amplísima bibliografía al respecto.

Toxicidad. La plata no es tóxica, pero sus sales sí y pueden generar cáncer. La intoxicación con plata se llama “ argiria”, que se caracteriza por piel y mucosas de color gris, poco estético pero no dañina. Concentraciones superiores a dos gramos de nitrato de plata, pueden ser mortales. También el líquido o el vapor pueden producir irritaciones de la piel, los ojos, la garganta, mareos, dificultad respiratoria, dolor de cabeza, espasmos, somnolencia, trastornos de estómago, anemia, daños cerebrales, daños en los riñones y el hígado.

Selenio. Micronutriente esencial para la vida. Es insoluble en agua y alcohol. Tiene un efecto fotoeléctrico, convirtiendo la luz en electricidad, y aumentando su conductividad eléctrica al exponerlo a la luz. Se utiliza en aplicaciones electrónicas (células Solares), eléctricas, fotografía, aleaciones, insecticidas, veterinaria, fabricación de vidrios, abonos agrícolas, cosmética, industria del caucho. En estudio tratamientos para pacientes con sida.

Toxicidad. Está considerado un elemento peligroso para el medio ambiente. Sumamente tóxico. Síntomas de exceso. Hipersensibilidad en pies y manos, enrojecimiento de la piel, encías sangrantes, anorexia, dolencias del hígado, dermatitis, caída del cabello, acompañamiento de olor fuerte a ajos en el aliento y el sudor…

Cinc. Es un elemento químico esencial. Se utiliza en el galvanizado del acero. Sus aleaciones aparecen ya hace 3500 años en la región de Canaán . Los romanos lo emplearon aleando calamina con cobre, según describe Plinio. En la actualidad se usa para la fabricación de baterías, piezas de fundición para automóviles, industria de los metales preciosos… El cuerpo humano tiene aproximadamente unos 40 miligramos por kilogramo.

Toxicidad. El metal no es tóxico, pero sí el óxido y el sulfuro de cinc .Pueden causar diarrea y depresión.

Exceso. Pueden presentarse: bajos niveles de colesterol bueno, bajos niveles de cobre, alteraciones de la función del Hierro, trastornos inmunológicos…

Talio. Es muy tóxico y se ha empleado como rodonticida e insecticida, pero este uso ha disminuido o eliminado en muchos países debido a sus efectos cancerígenos. El talio y sus compuestos son tóxicos para los humanos. Se sospecha que el talio es carcinógeno para los seres vivos. Entre sus efectos más notables de envenenamiento, se encuentra la alopecia.

La contaminación es una gran amenaza para los ecosistemas. Las grandes catástrofes, vertidos accidentales al mar o los ríos, y la exposición prolongada a contaminantes causan efectos dañinos en los seres vivos. De hecho, muchas enfermedades están ligadas a contaminantes. Las actividades antropogénicas provocan estrés en los ecosistemas, liberan contaminantes, afectan la supervivencia de los organismos, perturban la estructura y función de los ecosistemas naturales, modificando el número de especies (introducen especies exóticas o eliminan otras nativas), su acervo genético y la diversidad de ecosistemas y hábitats naturales (Steinberg et al., 1994). El uso de los ecosistemas fluviales como fuente de recursos y vía de eliminación de residuos ha provocando su degradación. La producción de residuos, introducción de nuevos plaguicidas y fertilizantes en la agricultura intensiva, aumento y concentración de población en ciudades, regulación de cauces, actividades mineras, etc. aumentan la suma de contaminantes persistentes en el agua y la enriquecen en nutrientes, disminuyendo la calidad de los ecosistemas fluviales y de las comunidades que los habitan (Calamari,2002; Marchini, 2002). Los metales pesados pueden permanecer en el agua, fijarse por adsorción a las partículas del suelo o ser absorbidos por los organismos y acumularse a través de las cadenas tróficas poniendo en riesgo las personas que los consumen (Hodgson, 2004; Montforts, 2006).

Medidas, bioindicadores. Éstos responden a xenobióticos y predicen el impacto ambiental antes de que sea irreversible, a diferencia de los análisis químicos clásicos, que sólo detectan parte de los xenobióticos presentes en un ecosistema y no revelan sus efectos en los organismos (López-Barea and Pueyo, 1998; Rodriguez-Ortegaet al., 2003). Los crustáceos han sido usados como bioindicadores de contaminación en ambientes acuáticos (O’Neill et al., 2004; Hagger et al., 2005). Un bioindicador ideal debe tener amplia distribución geográfica, ser de fácil muestreo, sésil/semisésil o vivir en un territorio restringido, y ser bien conocido a nivel bioquímico y fisiológico (Lowe and Kendall, 1990). Los crustáceos se usan como bioindicadores por su gran plasticidad ecológica, capacidad de alterar sus funciones fisiológicas y bioquímicas para sobrevivir en presencia de contaminantes y amplia distribución. Además, depuran y eliminan los metales pesados acumulados en sus tejidos. El procambarus clarkii es la especie centinela más utilizada para detectar la presencia de contaminantes.

(Naqvi et al., 1990; Madigosky et al., 1991).

En general, el orden de acumulación de metales pesados en la red trófica es como sigue: Contaminación> capa biológica=sedimentos>invertebrados>peces. Y como consumidores finales los humanos.

Eliomario

Bibliografía

Normativas sobre medio ambiente

Directiva 96/61/CE del Consejo de 24 de septiembre de 1996 relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación

Diario Oficial n° L 257 de 10/10/1996 p. 0026 – 0040

(Fragmentos)

“La presente Directiva tiene por objeto la prevención y la reducción integradas de la contaminación procedente de las actividades que figuran en el Anexo I. En ella se establecen medidas para evitar o, cuando ello no sea posible, reducir las emisiones de las citadas actividades en la atmósfera, el agua y el suelo, incluidas las medidas relativas a los residuos, con el fin de alcanzar un nivel elevado de protección del medio ambiente considerado en su conjunto, sin perjuicio de las disposiciones de la Directiva 85/337/CEE, y de las otras disposiciones comunitarias en la materia.

Artículo 2

Definiciones

A efectos de la presente Directiva, se entenderá por:

1) «sustancia»: los elementos químicos y sus compuestos, con la excepción de las sustancias radiactivas en el sentido de la Directiva 80/836/Euratom (8) y de los organismos modificados genéticamente con arreglo a la Directiva 90/219/CEE (9) y a la Directiva 90/220/CEE (10);

2) «contaminación»: la introducción directa o indirecta, mediante la actividad humana, de sustancias, vibraciones, calor o ruido en la atmósfera, el agua o el suelo, que puedan tener efectos perjudiciales para la salud humana o la calidad del medio ambiente, o que puedan causar daños a los bienes materiales o deteriorar o perjudicar el disfrute u otras utilizaciones legítimas del medio ambiente;

3) «instalación»: una unidad técnica fija en la que se lleven a cabo una o más de las actividades enumeradas en el Anexo I, así como cualesquiera otras actividades directamente relacionadas con aquéllas que guarden una relación de índole técnica con las actividades llevadas a cabo en dicho lugar y puedan tener repercusiones sobre las emisiones y la contaminación;

4) «instalación existente»: una instalación en funcionamiento o, en el marco de la legislación existente antes de la fecha de puesta en aplicación de la presente Directiva, una instalación autorizada o que haya sido objeto, en opinión de la autoridad competente, de una solicitud completa de autorización siempre que dicha instalación se ponga en servicio a más tardar un año después de la fecha de puesta en aplicación de la presente Directiva;

5) «emisión»: la expulsión a la atmósfera, al agua o al suelo de sustancias, vibraciones, calor o ruido procedentes de forma directa o indirecta de fuentes puntuales o difusas de la instalación;

6) «valores límite de emisión»: la masa expresada en relación con determinados parámetros específicos, la concentración o el nivel de una emisión, cuyo valor no debe superarse dentro de uno o varios períodos determinados. Los valores límite de las emisiones también podrán establecerse para determinados grupos, familias o categorías de sustancias, en particular para las mencionadas en el Anexo III.

Los valores límite de emisión de las sustancias se aplicarán generalmente en el punto en que las emisiones salgan de la instalación; en su determinación no se tendrá en cuenta una posible dilución. En lo que se refiere a las expulsiones indirectas al agua, el efecto de una estación de depuración podrá tenerse en cuenta en el momento de determinar los valores límite de emisión de la instalación, siempre y cuando se alcance un nivel equivalente de protección del medio ambiente en su conjunto y ello no conduzca a cargas contaminantes más elevadas en el entorno, sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones de la Directiva 76/464/CEE y de las Directivas adoptadas para su aplicación;

7) «norma de calidad medioambiental»: el conjunto de requisitos, establecidos por la legislación comunitaria, que deben cumplirse en un momento dado en un entorno determinado o en una parte determinada de éste;

8) «autoridad competente»: la autoridad, autoridades u organismos que, en virtud de la legislación de los Estados miembros, sean responsables del cumplimiento de las tareas derivadas de la presente Directiva;

9) «permiso»: la parte o la totalidad de una o varias decisiones escritas por las que se conceda autorización para explotar la totalidad o parte de una instalación, bajo determinadas condiciones destinadas a garantizar que la instalación responde a los requisitos de la presente Directiva. Tal permiso podrá ser válido para una o más instalaciones o partes de instalaciones que tengan la misma ubicación y sean explotadas por el mismo titular;

10) a) «modificación de la explotación»: una modificación de las características o del funcionamiento, o una extensión de la instalación que pueda acarrear consecuencias para el medio ambiente,

b) «modificación sustancial»: una modificación de la explotación que, en opinión de la autoridad competente, pueda tener repercusiones perjudiciales o importantes en las personas o el medio ambiente;

11) «mejores técnicas disponibles»: la fase más eficaz y avanzada de desarrollo de las actividades y de sus modalidades de explotación, que demuestren la capacidad práctica de determinadas técnicas para constituir, en principio, la base de los valores límite de emisión destinados a evitar o, cuando ello no sea practicable, reducir en general las emisiones y el impacto en el conjunto del medio ambiente. También se entenderá por:

– «técnicas»: la tecnología utilizada junto con la forma en que la instalación esté diseñada, construida, mantenida, explotada y paralizada;

– «disponibles»: las técnicas desarrolladas a una escala que permita su aplicación en el contexto del sector industrial correspondiente, en condiciones económica y técnicamente viables, tomando en consideración los costes y los beneficios, tanto si las técnicas se utilizan o producen en el Estado miembro correspondiente como si no, siempre que el titular pueda tener acceso a ellas en condiciones razonables;

– «mejores»: las técnicas más eficaces para alcanzar un alto nivel general de protección del medio ambiente en su conjunto.

En la determinación de las mejores técnicas disponibles conviene tomar especialmente en consideración los elementos que se enumeran en el Anexo IV;

12) «titular»: cualquier persona física o jurídica que explote la instalación o posea la misma o, cuando la normativa nacional así lo disponga, que ostente, por delegación, un poder económico determinante sobre la explotación técnica de la instalación.

Artículo 4

Concesión de permisos para instalaciones nuevas

Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar que no puedan explotarse instalaciones nuevas sin permiso conforme a la presente Directiva, sin perjuicio de las excepciones previstas en la Directiva 88/609/CEE del Consejo, de 24 de noviembre de 1988, sobre limitación de emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de grandes instalaciones de combustión (12).

Artículo 5

Condiciones para la concesión de permisos para instalaciones existentes

1. Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para que las autoridades competentes velen, mediante autorizaciones extendidas de conformidad con los artículos 6 y 8 o, de forma adecuada, mediante la revisión de las condiciones y, en su caso, su actualización, por que las instalaciones existentes sean explotadas con arreglo a los requisitos previstos en los artículos 3, 7, 9, 10, 13, y en los guiones primero y segundo del artículo 14 y en el apartado 2 del artículo 15, a más tardar ocho años después de la fecha de puesta en aplicación de la presente Directiva, salvo si fuesen aplicables otras disposiciones comunitarias especiales.

2. Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para aplicar lo dispuesto en los artículos 1, 2, 11, 12, el tercer guión del artículo 14, los apartados 1, 3 y 4 del artículo 15, los artículos 16, 17 y el apartado 2 del artículo 18 a las instalaciones existentes a partir de la fecha de la puesta en aplicación de la presente Directiva.

Artículo 6

Solicitudes de permiso

1. Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para que toda solicitud de permiso dirigida a la autoridad competente contenga una descripción de:

– la instalación y del tipo y alcance de sus actividades;

– las materias primas y auxiliares, las sustancias y la energía empleadas en la instalación o generados por ella;

– las fuentes de las emisiones de la instalación;

– el estado del lugar en el que se ubicará la instalación;

– el tipo y la magnitud de las emisiones previsibles de la instalación a los diferentes medios, así como una determinación de los efectos significativos de las emisiones sobre el medio ambiente;

– la tecnología prevista y otras técnicas utilizadas para evitar las emisiones procedentes de la instalación o, si ello no fuese posible, para reducirlas;

– si fuere necesario, las medidas relativas a la prevención y valorización de los residuos generados por la instalación;

– las demás medidas propuestas para cumplir los principios generales de las obligaciones fundamentales del titular que impone el artículo 3;

– las medidas previstas para controlar las emisiones al medio ambiente;

– las solicitudes de permiso deberán contener, además, un resumen comprensible para el profano en la materia de todas las indicaciones especificadas en los guiones anteriores.

2. Cuando la información presentada con arreglo a lo dispuesto en la Directiva 85/337/CEE o un informe de seguridad, elaborado en cumplimiento de la Directiva 82/501/CEE del Consejo, de 24 de junio de 1982, relativa a los riesgos de accidentes graves en determinadas actividades industriales (13), o cualquier otra información facilitada en respuesta a otras normas, cumpla alguno de los requisitos previstos en el presente artículo, podrá incluirse en la solicitud de permiso o adjuntarse a la misma.

Artículo 7

Enfoque integrado en la concesión de permisos

Al objeto de garantizar un enfoque integrado efectivo entre todas las autoridades competentes con respecto al procedimiento, los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para coordinar plenamente el procedimiento y las condiciones de autorización cuando en dicho procedimiento intervengan varias autoridades competentes.

Artículo 8

Resoluciones

Sin perjuicio de cualesquiera otros requisitos basados en disposiciones nacionales o comunitarias, la autoridad competente concederá para la instalación un permiso escrito, acompañado de condiciones que garanticen que ésta cumplirá los requisitos previstos en la presente Directiva; en caso contrario, denegará el permiso.

Todo permiso concedido o modificado deberá incluir las modalidades para la protección del aire, el agua y el suelo contempladas por la presente Directiva.

Artículo 9

Condiciones del permiso

1. Los Estados miembros se cerciorarán de que el permiso incluya todas las disposiciones necesarias para el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 3 y 10 para la concesión del permiso a fin de que, por medio de la protección del permiso a fin de que, por medio de la protección del aire, el agua y el suelo, se consiga un nivel de protección elevado del medio ambiente en su conjunto.

2. En el caso de una nueva instalación o de una modificación sustancial, cuando sea de aplicación el artículo 4 de la Directiva 85/337/CEE, toda información o conclusión pertinente obtenida a raíz de la aplicación de los artículos 5, 6 y 7 de dicha Directiva deberá tomarse en consideración para la concesión del permiso.

3. El permiso deberá especificar los valores límite de emisión para las sustancias contaminantes, en particular para las enumeradas en el Anexo III, que puedan ser emitidas en cantidad significativa por la instalación de que se trate, habida cuenta de su naturaleza y potencial de traslados de contaminación de un medio a otro (agua, aire y suelo). Si fuere necesario, el permiso incluirá las adecuadas prescripciones que garanticen la protección del suelo y de las aguas subterráneas, así como las medidas relativas a la gestión de los residuos generados por la instalación. En determinados casos, los valores límite de emisión podrán ser complementados o reemplazados por parámetros o medidas técnicas equivalentes.

Para las instalaciones de la rúbrica 6.6 del Anexo I, los valores límite de emisión establecidos de conformidad con lo dispuesto en el presente apartado tendrán en cuenta las modalidades prácticas adaptadas a dichas categorías de instalaciones.

4. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10, los valores límite de emisión, los parámetros y las medidas técnicas equivalentes a que se hace referencia en el apartado 3 se basarán en las mejores técnicas disponibles, sin prescribir la utilización de una técnica o tecnología específica, y tomando en consideración las características técnicas de la instalación de que se trate, su implantación geográfica y las condiciones locales del medio ambiente. En todos los casos, las condiciones de permiso establecerán disposiciones relativas a la minimización de la contaminación a larga distancia o transfronteriza y garantizarán un nivel elevado de protección del medio ambiente en su conjunto.

5. El permiso establecerá requisitos adecuados en materia de control de los residuos, en los cuales se especificará la metodología de medición, su frecuencia y el procedimiento de evaluación de las medidas, así como la obligación de comunicar a la autoridad competente los datos necesarios para comprobar el cumplimiento de lo dispuesto en el permiso.

Para las instalaciones del apartado 6.6 del Anexo I, las medidas contempladas en el presente apartado pueden tener en cuenta los costes y ventajas.

6. El permiso incluirá las medidas relativas a las condiciones de explotación distintas de las condiciones de explotación normales. Se tomarán, pues, adecuadamente en cuenta, cuando el medio ambiente pueda verse afectado, la puesta en marcha, las fugas, los fallos de funcionamiento, las paradas momentáneas y el cierre definitivo de la explotación.

El permiso podrá incluir asimismo excepciones temporales a las exigencias mencionadas en el apartado 4, en el caso de un plan de rehabilitación aprobado por la autoridad competente que garantice el respeto de estas exigencias en un plazo de seis meses, y en el caso de un proyecto que conlleve una reducción de la contaminación.

7. En el permiso podrán especificarse cualesquiera otras condiciones específicas, a efectos de la presente Directiva, en la medida en que los Estados miembros o las autoridades competentes las consideren adecuadas.

8. Sin perjuicio de la obligación de aplicar un procedimiento de autorización conforme a las disposiciones de la presente Directiva, los Estados miembros podrán fijar obligaciones particulares para categorías específicas de instalaciones en prescripciones obligatorias generales en lugar de en las condiciones del permiso, siempre que se garantice un enfoque integrado y un nivel elevado equivalente de protección del medio ambiente en su conjunto.

Artículo 10

Mejores técnicas disponibles y normas de calidad medioambiental

Cuando alguna norma de calidad medioambiental requiera condiciones más rigurosas que las que se puedan alcanzar mediante el empleo de las mejores técnicas disponibles, el permiso exigirá la aplicación de, en particular, condiciones complementarias, sin perjuicio de otras medidas que puedan tomarse para respetar las normas de calidad medioambiental.

Artículo 11

Evolución de las mejores técnicas disponibles

Los Estados miembros velarán por que las autoridades competentes estén al corriente o sean informadas acerca de la evolución de las mejores técnicas disponibles.

Artículo 12

Cambios efectuados en las instalaciones por los titulares

1. Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para que el titular comunique a la autoridad competente cualesquiera cambios previstos con arreglo a lo dispuesto en la letra a) del apartado 10 del artículo 2 para la explotación de la instalación. Cuando resulte necesario, las autoridades competentes procederán a la actualización de los permisos o de las condiciones.

2. Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para que no se lleve a cabo, sin contar con un permiso concedido con arreglo a la presente Directiva, ningún cambio esencial que el titular se proponga introducir en la explotación con arreglo a lo dispuesto en la letra b) del punto 10 del artículo 2 de la instalación. La solicitud del permiso y la resolución de la autoridad competente deberán referirse a las partes de instalaciones y a los aspectos del artículo 6 a los que ese cambio pueda afectar. Serán aplicables mutatis mutandis las disposiciones pertinentes de los artículos 3, 6 a 10 y los apartados 1, 2 y 4 del artículo 15.

Artículo 13

Revisión y actualización de las condiciones del permiso por la autoridad competente

1. Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para que las autoridades competentes revisen periódicamente y actualicen, si fuere necesario, las condiciones del permiso.

2. En cualquier caso, la revisión se emprenderá cuando:

– la contaminación producida por la instalación haga conveniente la revisión de los valores límite de emisión existentes del permiso o incluir nuevos valores límite de emisión;

– a consecuencia de importantes cambios en las mejores técnicas disponibles resulte posible reducir significativamente las emisiones sin imponer costes excesivos;

– la seguridad de funcionamiento del proceso o actividad haga necesario emplear otras técnicas;

– así lo exijan disposiciones nuevas previstas en la legislación de la Comunidad o del Estado miembro.

Artículo 14

Cumplimiento de las condiciones del permiso

Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para garantizar que:

– el titular cumpla las condiciones establecidas en el permiso durante la explotación de la instalación;

– el titular de la instalación informe regularmente a la autoridad competente de los resultados de la vigilancia de los residuos de la instalación y, en el más breve plazo, de cualquier incidente o accidente que afecte de forma significativa al medio ambiente;

– los titulares de las instalaciones presten a los representantes de la autoridad competente toda la asistencia necesaria para que puedan llevar a cabo cualesquiera inspecciones en la instalación, así como tomar muestras y recoger toda la información necesaria para el desempeño de su misión a los efectos de la presente Directiva.

Artículo 15

Acceso a la información y participación pública en el procedimiento de concesión de permisos

1. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Directiva 90/313/CEE del Consejo, de 7 de junio de 1990, sobre libre acceso a la información medioambiental (14), los Estados miembros tomarán todas las medidas necesarias para garantizar que las solicitudes de concesión de permisos para nuevas instalaciones o para modificaciones sustanciales se pongan, durante un período de tiempo adecuado, a disposición del público, a fin de que pueda formular su opinión antes de que la autoridad competente tome su decisión.

Tal resolución, junto con, al menos, un copia del permiso y de cada una de las actualizaciones posteriores se pondrá también a disposición del público.

2. Los resultados de la vigilancia de los residuos exigidos con arreglo a las condiciones del permiso mencionadas en el artículo 9 y que obren en poder de la autoridad competente deberán ponerse a disposiciones del público.

3. Cada tres años, la Comisión publicará, basándose en la información transmitida por los Estados miembros, un inventario de las principales emisiones y fuentes responsables. La Comisión fijará el formato y los datos característicos necesarios para la transmisión de la información, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 19.

Con arreglo al mismo procedimiento, la Comisión podrá proponer las medidas necesarias encaminadas a garantizar que los datos sobre las emisiones del inventario mencionado en el párrafo primero sean complementarios y comparables con los datos de los demás registros y fuentes sobre las emisiones.

4. Los apartados 1, 2 y 3 se aplicarán sin perjuicio de las restricciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 3 de la Directiva 90/313/CEE.

Artículo 18

Valores límite de las emisiones comunitarias

1. A propuesta de la Comisión, el Consejo fijará, de conformidad con los procedimientos previstos por el Tratado, valores límite de emisión para:

– las instalaciones que se indican en el Anexo I excepto los vertederos cubiertos por las categorías 5.1 y 5.4 de dicho Anexo, y

– las sustancias contaminantes a que se refiere el Anexo III con respecto a las cuales se evidencie la necesidad de acción comunitaria a partir, en especial, del intercambio de información que establece el artículo 16.

2. A falta de valores límite de emisión comunitarios definidos en aplicación de la presente Directiva, los valores límites de emisión pertinentes, tal como se fijan en las Directivas enumeradas en el Anexo II y otras normativas comunitarias, se aplicarán a las instalaciones enumeradas en el Anexo I en cuanto valores límite de emisión mínimos con arreglo a la presente Directiva.

Sin perjuicio de los requisitos de la presente Directiva los requisitos técnicos aplicables respecto de los vertederos cubiertos por las categorías 5.1 y 5.4 del Anexo I serán fijados por el Consejo a propuesta de la Comisión, con arreglo a los procedimientos establecidos en el Tratado.

Artículo 19

Procedimiento del Comité contemplado en el apartado 3 del artículo 15

De conformidad con el apartado 3 del artículo 15, la Comisión tomará las medidas necesarias para que se establezca un inventario de las principales emisiones y fuentes responsables.

La Comisión estará asistida por un Comité compuesto por representantes de los Estados miembros y presidido por el representante de la Comisión.

El representante de la Comisión presentará al Comité un proyecto de medidas. El Comité emitirá su dictamen sobre dicho proyecto en un plazo que el presidente podrá determinar en función de la urgencia de la cuestión de que se trate. El dictamen se emitirá según la mayoría prevista en el apartado 2 del artículo 148 del Tratado para adoptar aquellas decisiones que el Consejo deba tomar a propuesta de la Comisión. Los votos de los representantes de los Estados miembros en el seno del Comité se ponderarán de la manera definida en el artículo anteriormente citado. El presidente no tomará parte en la votación.

La Comisión adoptará las medidas previstas cuando sean conformes el dictamen del Comité.

Cuando las medidas previstas no sean conformes al dictamen del Comité o en caso de ausencia de dictamen, la Comisión someterá sin demora al Consejo una propuesta relativa a las medidas que deban tomarse. El Consejo se pronunciará por mayoría cualificada.

Si transcurrido un plazo de tres meses a partir del momento en que la propuesta se haya sometido al Consejo éste no se hubiere pronunciado, la Comisión adoptara las medidas propuestas.

Artículo 20

Disposiciones transitorias

1. Mientras las autoridades competentes no hayan tomado las medidas necesarias contempladas en el artículo 5 de la presente Directiva, las disposiciones de la Directiva 84/360/CEE, las disposiciones de los artículos 3 y 5, las disposiciones del apartado 3 del artículo 6 y del apartado 2 del artículo 7 de la Directiva 76/464/CEE así como las disposiciones pertinentes relativas a los sistemas de autorización de las Directivas enumeradas en el Anexo II, sin perjuicio de las excepciones previstas en la Directiva 88/609/CEE, serán aplicables a las instalaciones existentes que cubran las actividades contempladas en el Anexo I.

2. Las disposiciones pertinentes relativas a los sistemas de concesión de permisos de las Directivas mencionadas en el apartado anterior ya no serán aplicables a las nuevas instalaciones que abarquen las actividades contempladas en el Anexo I en la fecha de entrada en vigor de la presente Directiva.

3. La Directiva 84/360/CEE quedará derogada once años después de la fecha de entrada en vigor de la presente Directiva.

En el momento en que se hayan tomado, con respecto a una instalación, las medidas previstas en los artículos 4, 5 o 12, la excepción prevista en el apartado 3 del artículo 6 de la Directiva 76/464/CEE ya no será de aplicación a las instalaciones contempladas en la presente Directiva.

El Consejo, a propuesta de la Comisión, modificará si fuere necesario, las disposiciones pertinentes de las Directivas enumeradas en el Anexo II para adaptarlas a los requisitos de la presente Directiva antes de la fecha de derogación de la Directiva 84/360/CEE, contemplada en el párrafo primero.

Artículo 21

Entrada en vigor

1. Los Estados miembros adoptarán las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva, a más tardar tres años después de su entrada en vigor. Informarán inmediatamente de ello a la Comisión.

Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, éstas harán referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.

2. Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las principales disposiciones de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva.

Artículo 22

La presente Directiva entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación.

Artículo 23

Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 24 de septiembre de 1996.

Por el Consejo

El Presidente

E. FITZGERALD

(1) DO n° C 311 de 17. 11. 1993, p. 6 y DO n° C 165 de 1. 7. 1995, p. 9.

(2) DO n° C 195 de 18. 7. 1995, p. 54.

(3) Dictamen del Parlamento Europeo, de 14 de diciembre de 1994 (DO n° C 18 de 23. 1. 1995), Posición común del Consejo de 27 de noviembre de 1995 (DO n° C 87 de 25. 3. 1996. p. 8) y Decisión del Parlamento Europeo, de 22 de mayo de 1996 (DO n° C 166 de 10. 6. 1996).

(4) DO n° C 138 de 17. 5. 1993, p. 1.

(5) DO n° L 188 de 16. 7. 1984, p. 20. Directiva modificada por la Directiva 91/692/CEE (DO n° L 377 de 31. 12. 1991, p. 48).

(6) DO n° L 129 de 18. 5. 1976, p. 23. Directiva modificada por la Directiva 91/692/CEE.

(7) DO n° L 175 de 5. 7. 1985, p. 40.

(8) Directiva 80/836/Euratom del Consejo, de 15 de julio de 1980, por la que se modifican las Directivas que establecen las normas básicas relativas a la protección sanitaria de la población y los trabajadores contra los peligros que resultan de las radiaciones ionizantes (DO n° L 246 de 17. 9. 1980. p. 1). Directiva modificada por la Directiva 84/467/CEE (DO n° L 265 de 5. 10. 1984, p. 4).

(9) Directiva 90/219/CEE del Consejo, de 23 de abril de 1990, relativa a la utilización confinada de microorganismos modificados genéticamente (DO n° L 117 de 8. 5. 1990, p. 1). Directiva modificada por la Directiva 94/51/CE de la Comisión (DO n° L 297 de 18. 11. 1994, p. 29).

(10) Directiva 90/220/CEE del Consejo, de 23 de abril de 1990, sobre la liberación intencional en el medio ambiente de organismos modificados genéticamente (DO n° L 117 de 8. 5. 1990, p. 15). Directiva modificada por la Directiva 94/15/CE de la Comisión (DO n° L 103 de 22. 4. 1994, p. 20).

(11) DO n° L 194 de 25. 7. 1975, p. 39. Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 91/692/CEE (DO n° L 377 de 31. 12. 1991, p. 48).

(12) DO n° L 336 de 7. 12. 1988, p. 1. Directiva modificada por la Directiva 90/656/CEE (DO n° L 353 de 17. 12. 1990, p. 59).

(13) DO n° L 230 de 5. 8. 1982, p. 1. Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 91/692/CEE (DO n° L 377 de 31. 12. 1991, p. 48).

(14) DO n° L 158 de 23. 6. 1990, p. 56.

ANEXO I

CATEGORÍAS DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES CONTEMPLADAS EN EL ARTÍCULO 1

1. No están incluidas en el ámbito de la presente Directiva las instalaciones o partes de las instalaciones utilizadas para la investigación, desarrollo y experimentación de nuevos productos y procesos.

2. Los valores umbral mencionados más adelante se refieren, con carácter general, a capacidades de producción o a rendimientos. Si un mismo titular realiza varias actividades de la misma categoría en la misma instalación o en el emplazamiento, se sumarán las capacidades de dichas actividades.

1. Instalaciones de combustión

1.1. Instalaciones de combustión con una potencia térmica de combustión superior a 50 MW (1).

1.2. Refinerías de petróleo y de gas.

1.3. Coquerías.

1.4. Instalaciones de gasificación y licuefacción de carbón.

2. Producción y transformación de metales

2.1. Instalaciones de calcinación o sintetización de minerales metálicos incluido el mineral sulfuroso.

2.2. Instalaciones para la producción de fundición o de aceros brutos (fusión primaria o secundaria), incluidas las correspondientes instalaciones de fundición continua de una capacidad de más de 2,5 toneladas por hora.

2.3. Instalaciones para la transformación de metales ferrosos:

a) laminado en caliente con una capacidad superior a 20 toneladas de acero en bruto por hora;

b) forjado con martillos cuya energía de impacto sea superior a 50 kilojulios por martillo y cuando la potencia térmica utilizada sea superior a 20 MW;

c) aplicación de capas de protección de metal fundido con una capacidad de tratamiento de más de 2 toneladas de acero bruto por hora.

2.4. Fundiciones de metales ferrosos con una capacidad de producción de más de 20 toneladas por día.

2.5. Instalaciones:

a) para la producción de metales en bruto no ferrosos a partir de minerales, de concentrados o de materias primas secundarias mediante procedimientos metalúrgicos, químicos o electrolíticos;

b) para la fusión de metales no ferrosos, inclusive la aleación, incluidos los productos de recuperación (refinado, moldeado en fundición) con una capacidad de fusión de más de 4 toneladas para el plomo y el cadmio o 20 toneladas para todos los demás metales, por día.

2.6. Instalaciones para el tratamiento de superficie de metales y materiales plásticos por procedimiento electrolítico o químico, cuando el volumen de las cubetas destinadas al tratamiento empleadas sea superior a 30 m³.

3. Industrias minerales

3.1. Instalaciones de fabricación de cemento clínker en hornos rotatorios con una capacidad de producción superior a 500 toneladas diarias, o de cal en hornos rotatorios con una capacidad de producción superior a 50 toneladas por día, o en hornos de otro tipo con una capacidad de producción superior a 50 toneladas por día.

3.2. Instalaciones para la obtención de amianto y para la fabricación de productos a base de amianto.

3.3. Instalaciones de fabricación de vidrio incluida la fibra de vidrio, con una capacidad de fusión superior a 20 toneladas por día.

3.4. Instalaciones para la fundición de materiales minerales, incluida la fabricación de fibras minerales con una capacidad de fundición superior a 20 toneladas por día.

3.5. Instalaciones para la fabricación de productos cerámicos mediante horneado, en particular de tejas, ladrillos refractarios, azulejos, gres cerámico o porcelanas, con una capacidad de producción superior a 75 toneladas por día, y/o una capacidad de horneado de más de 4 m³ y de más de 300 kg/m³ de densidad de carga por horno.

4. Industria química

La fabricación, a efectos de las categorías de actividades de la presente Directiva, designa la fabricación a escala industrial, mediante transformación química de los productos o grupos de productos mencionados en los puntos 4.1 a 4.6.

4.1. Instalaciones químicas para la fabricación de productos químicos orgánicos de base, en particular:

a) hidrocarburos simples (lineares o cíclicos, saturados o insaturados, alifáticos o aromáticos);

b) hidrocarburos oxigenados, tales como alcoholes, aldehídos, cetonas, ácidos orgánicos, ésteres, acetatos, éteres, peróxidos, resinas, epóxidos;

c) hidrocarburos sulfurados;

d) hidrocarburos nitrogenados, en particular, aminas, amidas, compuestos nitrosos, nítricos o nitratos, nitrilos, cianatos e isocianatos;

e) hidrocarburos fosforados;

f) hidrocarburos halogenados;

g) compuestos orgánicos metálicos;

h) materias plásticas de base (polímeros, fibras sintéticas, fibras a base de celulosa);

i) cauchos sintéticos;

j) colorantes y pigmentos;

k) tensioactivos y agentes de superficie.

4.2. Instalaciones químicas para la fabricación de productos químicos inorgánicos de base como:

a) gases y, en particular, el amoníaco, el cloro o el cloruro de hidrógeno, el flúor o fluoruro de hidrógeno, los óxidos de carbono, los compuestos del azufre, los óxidos del nitrógeno, el hidrógeno, el dióxido de azufre, el dicloruro de carbonilo;

b) ácidos y, en particular, el ácido crómico, el ácido fluorhídrico, el ácido fosfórico, el ácido nítrico, el ácido clorhídrico, el ácido sulfúrico, el ácido sulfúrico fumante, los ácidos sulfurados;

c) bases y, en particular, el hidróxido de amonio, el hidróxido potásico, el hidróxido sódico;

d) sales como el cloruro de amonio, el clorato potásico, el carbonato potásico (potasa), el carbonato sódico (sosa), los perboratos, el nitrato argéntico;

e) no metales, óxidos metálicos u otros compuestos inorgánicos como el carburo de calcio, el silicio, el carburo de silicio.

4.3. Instalaciones químicas para la fabricación de fertilizantes a base de fósforo, de nitrógeno o de potasio (fertilizantes simples o compuestos).

4.4. Instalaciones químicas para la fabricación de productos de base fitofarmacéuticos y de biocidas.

4.5. Instalaciones químicas que utilicen un procedimiento químico o biológico para la fabricación de medicamentos de base.

4.6. Instalaciones químicas para la fabricación de explosivos.

5. Gestión de residuos

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 11 de la Directiva 75/442/CEE, y en el artículo 3 de la Directiva 91/689/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a los residuos peligrosos (2):

5.1. Instalaciones para la valorización o eliminación de residuos peligrosos de la lista, contemplada en el apartado 4 del artículo 1 de la Directiva 91/689/CEE, tal como se definen en los Anexos II A y II B (operaciones R1, R5, R6, R8 y R9) de la Directiva 75/442/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1975, relativa a los residuos de la Directiva 75/439/CEE del Consejo, de 16 de junio de 1975, relativa a la gestión de aceites usados (3) de una capacidad de más de 10 toneladas por día.

5.2. Instalaciones para la incineración de los residuos municipales, tal como se definen en las Directivas 89/369/CEE del Consejo, de 8 de junio de 1989, relativa a la prevención de la contaminación atmosférica procedente de instalaciones existentes de incineración de residuos municipales (4), y 89/429/CEE del Consejo, de 21 de junio de 1989, relativa a la reducción de la contaminación atmosférica procedente de instalaciones existentes de incineración de residuos municipales (5) de una capacidad de más de 3 toneladas por hora.

5.3. Instalaciones para la eliminación o aprovechamiento de los residuos no peligrosos, tal como se definen en los Anexos II A y B de la Directiva 75/442/CEE en las rúbricas D8, D9, con una capacidad de más de 50 toneladas por día.

5.4. Vertederos que reciban más de 10 toneladas por día o que tengan una capacidad total de más de 25 000 toneladas con exclusión de los vertederos de residuos inertes.

6. Otras actividades

6.1. Instalaciones industriales destinadas a la fabricación de:

a) pasta de papel a partir de madera o de otras materias fibrosas,

b) papel y cartón con una capacidad de producción de más de 20 toneladas diarias.

6.2. Instalaciones para tratamiento previo (operaciones de lavado, blanqueo, mercerización) o para el tinte de fibras o productos textiles cuando la capacidad de tratamiento supere las 10 toneladas diarias.

6.3. Instalaciones para el curtido de cueros cuando la capacidad de tratamiento supere las 12 toneladas de productos acabados por día.

6.4. a) mataderos con una capacidad de producción de canales superior a 50 T/día;

b) tratamiento y transformación destinados a la fabricación de productos alimenticios a partir de:

– materia prima animal (que no sea la leche) de una capacidad de producción de productos acabados superior a 75 T/día,

– materia prima vegetal de una capacidad de producción de productos acabados superior a 300 T/día (valor medio trimestral);

c) tratamiento y transformación de la leche, con una cantidad de leche recibida superior a 200 T/día (valor medio anual).

6.5. Instalaciones para la eliminación o el aprovechamiento de canales o desechos de animales con una capacidad de tratamiento superior a 10 T/día.

6.6. Instalaciones destinadas a la cría intensiva de aves de corral o de cerdos que dispongan de más de:

a) 40 000 emplazamientos para las aves de corral;

b) 2 000 emplazamientos para cerdos de cría (de más de 30 kg) o

c) 750 emplazamientos para cerdas.

6.7. Instalaciones para el tratamiento de superficie de materiales, de objetos o productos con utilización de disolventes orgánicos, en particular para aprestarlos, estamparlos, revestirlos y desgrasarlos, impermeabilizarlos, pegarlos, enlacarlos, limpiarlos o impregnarlos, con una capacidad de consumo de más de 150 kg de disolvente por hora o de más de 200 T/año.

6.8. Instalaciones para la fabricación de carbono (carbón sintetizado) o electrografito por combustión o grafitación.

(1) Las exigencias materiales de la Directiva 88/609/CEE seguirán siendo válidas para las instalaciones existentes hasta el 31 de diciembre del año 2003.

(2) DO n° L 377 de 31. 12. 1991, p. 20. Directiva modificada por la Directiva 94/31/CE (DO n° L 168 de 2. 7. 1994, p. 28).

(3) DO n° L 194 de 25. 7. 1975, p. 23. Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 91/692/CEE (DO n° L 377 de 31. 12. 1991, p. 48).

(4) DO n° L 163 de 14. 6. 1989, p. 32.

(5) DO n° L 203 de 15. 7. 1989, p. 50.

ANEXO II

LISTA DE DIRECTIVAS CONTEMPLADAS EN EL APARTADO 2 DEL ARTÍCULO 18 Y EN EL ARTÍCULO 20

1. Directiva 87/217/CEE sobre la prevención y la reducción de la contaminación del medio ambiente producida por el amianto

2. Directiva 82/176/CEE relativa a los valores límite y a los objetivos de calidad para los vertidos de mercurio del sector de la electrólisis de los cloruros alcalinos

3. Directiva 83/513/CEE relativa a los valores límite y a los objetivos de calidad para los vertidos de cadmio

4. Directiva 84/156/CEE relativa a los valores límite y a los objetivos de calidad para los vertidos de mercurio de los sectores distintos de la electrólisis de los cloruros alcalinos

5. Directiva 84/491/CEE relativa a los valores límite y a los objetivos de calidad para los vertidos de hexaclorociclohexano

6. Directiva 86/280/CEE relativa a los valores límite y a los objetivos de calidad para los residuos de determinadas sustancias peligrosas comprendidas en la lista 1 del Anexo de la Directiva 76/464/CEE, modificada posteriormente por las Directivas 88/347/CEE y 90/415/CEE por las que se modifica el Anexo II de la Directiva 86/280/CEE

7. Directiva 89/369/CEE relativa a la prevención de la contaminación atmosférica procedente de nuevas instalaciones de incineración de residuos municipales

8. Directiva 89/429/CEE relativa a la reducción de la contaminación atmosférica procedente de instalaciones existentes de incineración de residuos

9. Directiva 94/67/CE relativa a la incineración de residuos peligrosos

10. Directiva 92/112/CEE por la que se fija el régimen de armonización de los programas de reducción, con vistas a la supresión, de la contaminación producida por los residuos de la industria del dióxido de titanio

11. Directiva 88/609/CEE sobre limitación de emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de grandes instalaciones de combustión, cuya última modificación la constituye la Directiva 94/66/CE

12. Directiva 76/464/CEE relativa a la contaminación causada por determinadas sustancias peligrosas vertidas en el medio acuático de la Comunidad

13. Directiva 75/442/CEE relativa a los residuos modificada por la Directiva 91/156/CEE

14. Directiva 75/439/CEE relativa a la gestión de aceites usados

15. Directiva 91/689/CEE relativa a los residuos peligrosos

ANEXO III

LISTA INDICATIVA DE LAS PRINCIPALES SUSTANCIAS CONTAMINANTES QUE SE TOMARÁN OBLIGATORIAMENTE EN CONSIDERACIÓN SI SON PERTINENTES PARA FIJAR VALORES LÍMITE DE EMISIONES

ATMÓSFERA

1. Óxidos de azufre y otros compuestos de azufre

2. Óxidos de nitrógeno y otros compuestos de nitrógeno

3. Monóxido de carbono

4. Compuestos orgánicos volátiles

5. Metales y sus compuestos

6. Polvos

7. Amianto (partículas en suspensión, fibras)

8. Cloro y sus compuestos

9. Flúor y sus compuestos

10. Arsénico y sus compuestos

11. Cianuros

12. Sustancias y preparados respecto de los cuales se haya demostrado que poseen propiedades cancerígenas, mutágenas o puedan afectar a la reproducción a través del aire

13. Policlorodibenzodioxina y policlorodibenzofuranos

AGUA

1. Compuestos organohalogenados y sustancias que puedan dar origen a compuestos de esta clase en el medio acuático

2. Compuestos organofosforados

3. Compuestos organoestánnicos

4. Sustancias y preparados cuyas propiedades cancerígenas, mutágenas o que puedan afectar a la reproducción en el medio acuático o vía el medio acuático estén demostradas

5. Hidrocarburos persistentes y sustancias orgánicas tóxicas persistentes y bioacumulables

6. Cianuros

7. Metales y sus compuestos

8. Arsénico y sus compuestos

9. Biocidas y productos fitosanitarios

10. Materias en suspensión

11. Sustancias que contribuyen a la eutrofización (en particular nitratos y fosfatos)

12. Sustancias que ejercen una influencia desfavorable sobre el balance de oxígeno (y computables mediante parámetros tales como DBO, DCO).

ANEXO IV

Aspectos que deben tenerse en cuenta con carácter general o en un supuesto particular cuando se determinen las mejores técnicas disponibles definidas en el punto 11 del artículo 2, teniendo en cuenta los costes y ventajas que pueden derivarse de una acción y los principios de precaución y prevención:

1. Uso de técnicas que produzcan pocos residuos.

2. Uso de sustancias menos peligrosas.

3. Desarrollo de las técnicas de recuperación y reciclado de sustancias generadas y utilizadas en el proceso, y de los residuos cuando proceda.

4. Procesos, instalaciones o método de funcionamiento comparables que hayan dado pruebas positivas a escala industrial.

5. Avances técnicos y evolución de los conocimientos científicos.

6. Carácter, efectos y volumen de las emisiones de que se trate.

7. Fechas de entrada en funcionamiento de las instalaciones nuevas o existentes.

8. Plazo que requiere la instauración de una mejor técnica disponible.

9. Consumo y naturaleza de las materias primas (incluida el agua) utilizada en procedimientos de eficacia energética.

10. Necesidad de prevenir o reducir al mínimo el impacto global de las emisiones y de los riesgos en el medio ambiente.

11. Necesidad de prevenir cualquier riesgo de accidente o de reducir sus consecuencias para el medio ambiente.

12. Información publicada por la Comisión, en virtud del apartado 2 del artículo 16, o por organizaciones internacionales.”    Ampliar y actualizar información en: http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-2007-8351

NORMATIVA CALIDAD DEL AGUA

Normas calidad del agua potable, industriales, ríos y residuales

ISO 7027         Determinación de turbidez

ISO/DIS 7887 Comprobación y determinación de color

ISO 15705       Determinación de DQO – Micrométodo

ISO 6060         Determinación de DQO

ISO/CD 25814             Determinación de oxígeno disuelto – Método electroquímico con un DO ext.

ISO 6059         Determinación de dureza total (calcio y magnesio) – Método titrimétrico con EDTA

ISO 6058         Determinación de calcio – Método titrimétrico con EDTA

EN ISO 9963-1            Determinación de alcalinidad total y materiales compuestos

EN ISO 9963-2            Determinación de carbonato alcalino

ISO 9297         Determinación de cloruros – Valoración con nitrato y cromato de plata como indicador (método de Mohr)

ISO 7393-1      Determinación de cloro libre y total: Método titrimétrico con N,N-dietilfenileno-1,4 diamina

ISO 7393-2      Determinación de cloro libre y total: Método colorimétrico con N,N-dietilfenileno-1,4 diamina

ISO 27888       Determinación de conductividad

ISO 11923       Determinación de partículas suspendidas por filtros de fibra de vidrio

ISO 10359-1    Determinación de fluoruros: Método electroquímico con ISE (para agua potable o con un nivel de contaminación bajo)

ISO 5664         Determinación de amonio – Método por destilación y titrimetría

ISO 10523       Determinación de PH

Eliomario

Bibliografía

EL AGUA COMO RECURSO

Consecuencias económicas, sociales y ecológicas de las actuaciones previstas en el plan hidrológico nacional.

La política de aguas tiene que concebirse como la gestión de un recurso escaso de gran trascendencia económica, social y ecológica. A partir de estas premisas debe entenderse que el Plan Hidrológico Nacional no satisface las expectativas creadas en la sociedad, ni cumple los objetivos a los que le obliga la Ley. No se ajusta al principio europeo del uso y gestión del agua con criterios de sostenibilidad y eficiencia, reflejados en la Directiva Marco de Política de Aguas. Debe desarrollar los contenidos mínimos previstos por la Ley de Aguas y los adicionales señalados por el Libro Blanco del Agua. Debe incluir las medidas necesarias para la coordinación de los diferentes Planes Hidrológicos de Cuenca. Debe dar solución a las alternativas propuestas por todos los Planes de Cuenca. Debería prever las modificaciones que sean necesarias introducir en la planificación del uso del recurso relativas a aprovechamientos existentes e incompatibles con el propio Plan, incluyendo aquellas medidas necesarias para mejorar el uso sostenible y eficiente del agua y en concreto las señaladas por el Libro Blanco del Agua del Ministerio de Medio Ambiente. Proponer las líneas maestras para fomentar una nueva cultura del agua en nuestro país que desarrolle en la sociedad la conciencia de la escasez y el valor del recurso y la necesidad del control de las demandas. Someter la planificación a una evaluación ambiental estratégica. Abordar con suficiente rigor y extensión cuestiones imprescindibles desde el punto de vista ambiental como la lucha contra la erosión y la desertificación, la conservación del dominio público hidráulico, la protección de las zonas de recarga de acuíferos o los humedales, la restauración hidrológico-forestal, la recuperación de cauces y riberas o la defensa y planes de emergencia contra avenidas e inundaciones. En cuanto a la calidad de las aguas, el PHN no aborda medidas para el control efectivo de los vertidos y para la mejora de la calidad, en la que se reconoce que un 60% de su red tiene una calidad regular o deficiente. Como admite el propio LBA y hace entrever la política de aguas europea, la no adopción de estándares ambientales en las aguas puede traer consigo repercusiones graves de todo tipo y coartar el desarrollo económico de las cuencas. Debe coordinarse  la política hidráulica con la política agraria, condicionada por la aplicación de la PAC, por la importancia cuantitativa del uso del agua en el regadío, ofreciendo soluciones concretas para estabilizar la superficie en regadío, consolidar los regadíos deficitarios en agua y de alta productividad introduciendo criterios de sostenibilidad en el ejercicio de la actividad económica. Excepcionalmente, cualquier incremento de la superficie de regadío deberá contar con recursos hídricos suficientes, que no aumenten el déficit de las cuencas, y ser eficientes económica y socialmente.

No se aclaran los criterios de priorización ni de distribución territorial de las actuaciones, careciéndose de un calendario de ejecución de las mismas y desconociéndose el origen de la financiación, así como los modelos de participación estatal, autonómica y de los usuarios que posibiliten la inversión inicial y la gestión posterior. El Plan no prevé la creación de mecanismos de seguimiento, control y revisión del mismo.No se da solución a los problemas actuales y futuros del uso del agua; es un plan sin aportaciones innovadoras que nos fortalezcan en el uso racional, eficiente, solidario y sostenible del agua. En las alternativas propuestas para las diversas cuencas hidrográficas, el Plan Hidrológico Nacional no garantiza en ninguno de los tres escenarios de planificación la solución a los déficit de ninguna de ellas. El PHN es un documento incompleto. Definido como coyuntural el déficit de las cuencas del Sur, no puede plantearse sin más que la solución está en el ahorro, la mejora y la modernización, sin concretar planes de acción específicos para conseguir esos objetivos. En consecuencia, es necesario dotar adecuadamente a los organismos de cuenca para que diversifiquen su campo de actuación, modernicen sus tecnologías de gestión, y prevengan eficazmente la detracción ilegal de agua por nuevas explotaciones agrícolas no autorizadas. El aprovechamiento de aguas subterráneas como recurso de socorro en épocas críticas de sequia, debe ser cuando menos cuantificado y avalado por estudios que justifiquen su viabilidad práctica y su sostenibilidad ambiental. El Plan Hidrológico Nacional se concibe como un elemento imprescindible para corregir los problemas que padece la gestión del agua en España. Particularmente en su misión de analizar y resolver los problemas del agua. Por lo tanto debe proponer medidas que mejoren la eficacia de la acción del Estado y los órganos de gestión del agua, propiciando la participación democrática de los usuarios y agentessociales y económicos en el control de la Administración y en la toma de decisiones sobre elrecurso. Debe clarificar la disponibilidad presente y futura de agua para los usos productivos, aumentando suficientemente la garantíadel agua, especialmente el uso agrario, dominante en lo cuantitativo y de gran capacidad exportadora, así como el turístico, nuestro primer sector productivo. Debe contener planteamientos que garanticen la sostenibilidad social y ambiental del uso del agua, al ser nuestra regiónmedioambientalmente vulnerable por la escasez de recursos y los deterioros en elmedio hídrico que se han producido a lo largo del tiempo; la definición de instrumentos de gestión, la protección contra avenidas y la potenciación de la Administración del agua son imprescindibles para ello. Debe garantizar el abastecimiento de la poblaciónen cualquier situación climatológica evitando las restricciones y el deterioro de la calidad en el agua deconsumo humano. DebeArmonizarse con el entorno planificadoreuropeo y español, con especial atención a las repercusiones que han de emanarse de la nueva Directiva Marco de Política de Aguas en Europa y a la obligada adecuación a la Política Agraria Común. Es necesario que el PHN se inserte coherentemente en la planificación sectorial que le rodea (agraria, medioambiental, energética, industrial), haciendo posible la operatividad de dichos planes sectoriales tanto en la escala nacional como en la autonómica. No puede ignorar la estrecha dependencia que liga su destino al de estos instrumentos de política europea, previendo su paulatina aplicación teniendo en cuenta los efectos sociales, medioambientales, económicos y las condiciones geográficas y climáticas . Para ello, es necesario potenciar los organismos de cuenca, como lugar de encuentro co-responsable de las distintas Administraciones competentes en materia de aguas, así como ampliar la participación de agentes sociales y fomentar el asociacionismo de usuarios, especialmente dentro de las comunidades de regantes. Ello implica también aproximar la gestión a intereses con amplia distribución ciudadana como el refuerzo y garantización de los abastecimientos, o la gestión proactiva de sequías (tanto en suministro urbano como en regadíos). Es particularmente importante el disponer de una herramienta planificadora que dé marco al tratamiento de las sequías. Incluyendo propuestas para reforzar las vías de información al ciudadano, con garantías de inmediatez temporal y transparencia. La creciente conciencia medioambiental, acompañada por una simultánea defensa de los tejidos sociales, induce a incluir en la planificación elementos activos de protección del medio, de asistencia al bienestar, y de evolución hacia pautas de relación con el agua respetuosa y responsable. Protección ambiental del sistema hidrológico: son imprescindibles en este campo programaciones concretas para la mejora de la calidad química y ecológica de aguas, la restauración y conservación del Dominio Público Hidráulico, la lucha contra la erosión, los planes de reforestación en las cuencas fluviales, y la recuperación de la funcionalidad ecológica en los ríos. Contención de las demandas: se trata de frenar el crecimiento de las demandas, consolidando usos mediante instrumentos de ahorro y priorización de consumos, junto con una necesaria modernización general de regadíos. Se han de introducir propuestas detalladas de reutilización, desalación, integración de energías alternativas, explotación y recarga (sostenible y científicamente fundamentada) de los acuíferos. Las propuestas habrán de especificar los recursos viables, los plazos de ejecución, los modelos de financiación y la repercusión de costes sobre los usuarios. Se deberá simultanear dichas precisiones con elementos de juicio que avalen la sostenibilidad ambiental de las actuaciones propuestas. El PHN debe transmitir confianza en las soluciones que se propongan, estableciendo con claridad las prioridades de inversión, el calendario de ejecución, los modelos de financiación y las vías abiertas a la iniciativa privada y la participación de usuarios.

El Plan Hidrológico debe dar respuesta satisfactoria al déficit que tanto el Libro Blanco del Agua como el propio Plan Hidrológico constatan para las cuencas. Por lo tanto adolecen y deben ser revisadas y corregidas las siguientes cuestiones. Incrementar la capacidad de regulación, compatible con las exigencias ambientales y, en particular, el régimen ecológico fluvial, así como con la eficacia económica. Garantía de superación de los déficit locales, con un estudio detallado sobre las interconexiones de sistemas de explotación. Identificación precisa y análisis de las unidades hidrogeológicas cuya explotación es sostenible; garantía de la viabilidad de tales explotaciones, tanto en referencia a la recarga natural como en lo tocante a la calidad exigible. La ausencia de información suficiente al respecto obliga a extremar el rigor con que se introducen datos de aguas subterráneas en el balance hídrico. Estudio de otras soluciones no consideradas o insuficientemente contempladas en el Plan Hidrológico para la compensación entre cuencas. Modernización general de regadíos, con consolidación de usos determinada por criterios de eficiencia. Programas agroambientales voluntarios, con financiación europea, para la optimización del uso del agua y consiguiente reducción de consumo agrario. Modelos de participación efectiva de usuarios y agentes sociales agrario.

Propuestas y recursos para el fortalecimiento de las comunidades de regantes. Plan de prevención y gestión de sequías en suministro doméstico y usos productivos, con proyecciones que permitan su optimización social y económica. Como indica el LBA (p. 827), el Plan Hidrológico Nacional debe profundizar con respecto a lo establecido en los planes de cuenca, introduciendo criterios que homogeneícen e innoven en el tratamiento de tales situaciones extremas. Plan de defensa ante inundaciones: estos sucesos requieren un tratamiento coordinado, y el actual documento de PHN no da respuesta satisfactoria a las carencias. El factor calidad está insuficientemente atendido. La erosión y la reforestación hidrológica, merecen un tratamiento especial, que refuerce mediante las oportunas inversiones su viabilidad y compense los retrasos acumulados.

Las alternativas de trasvase propuestas son insuficientes en lo cuantitativo y lenta en su puesta en servicio. No dá respuesta a la imperiosa demanda que se exige a corto plazo. El Plan Hidrológico Nacional  debe tener una programación detallada de actuaciones estructurales y de gestión que aborden la situación acuciante del corto plazo. La desalación, los trasvases,  la reutilización y la recarga de acuíferos. Las dificultades de carácter ambiental para regular estos ríos hacen necesaria soluciones viables alternativas. Debe añadirse la necesidad de buscar soluciones eficaces a los problemas de salinidad

El Plan Hidrológico Nacional debe aportar y mejorar los instrumentos para la gestión de las demandas y la modernización administrativa. Las cuencas del Sur, dada la alta concentración allí reunida de usos domésticos y productivos, constituyen un ámbito especialmente adecuado para la implantación de modelos de gestión de demanda. El actual documento de PHN no trata con la profundidad suficiente los ahorros que pudieran derivarse de una política consistente de gestión en el lado de la demanda.

Resumiendo sobre lo dicho, cabe esperar consecuencias económicas desfavorables; demandas sociales escasas y desatendidas; y carestía de la atención ecológica de estas infraestructuras.

Bibliografía.

La ciudadanía se moviliza. Los movimientos sociales en España. Josep Pont Vidal; Flor del Viento Ediciones; Barcelona 2004. ISBN 84-89644-91-8.

El Plan Hidrológico Nacional a debate. Pedro Arrojo Agudo (coord.); Fundación Nueva Cultura del Agua, 2001.ISBN 84-88949-44-8.

Plan Hidrológico Nacional (http:/ / chsegura. es/ chs/ planificacionydma/ planhidrologiconacional/ )

PlanHidrológicoNacionalhttp://www.chguadalquivir.es/opencms/portalchg/marcoLegal/planHidrologicoNacional/

Agencia Andaluza del Agua (http:/ / www. agenciaandaluzadelagua. com/ )

Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (http:/ / www. mma. es/ portal/ secciones/

Centro de Estudios Hidrográficos (http:/ / hercules. cedex. es/ general/ default. htm)

Cambio climático (resumen)

Cambio climático (resumen)

“Cambios observados y sus causas: La influencia humana en el sistema climático es clara, y las emisiones antropógenas recientes de gases de efecto invernadero son las más altas de la historia. Los cambios climáticos recientes han tenido impactos generalizados en los sistemas humanos y naturales. {1}”  http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg.19

“Cambios observados en el sistema climático: El calentamiento en el sistema climático es inequívoco, y desde la década de 1950 muchos de los cambios observados no han tenido precedentes en los últimos decenios a milenios. La atmósfera y el océano se han calentado, los volúmenes de nieve y hielo han disminuido y el nivel del mar se ha elevado. {1.1}”http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 19

“Causas del cambio climático: Las emisiones antropógenas acumuladas de gases de efecto invernadero (GEI) desde la era preindustrial han experimentado grandes aumentos en las concentraciones atmosféricas de dióxido de carbono (CO2), metano (CH4) y óxido nitroso (N2O) Las emisiones antropógenas de gases de efecto invernadero han aumentado desde la era preindustrial, en gran medida como resultado del crecimiento económico y demográfico, y actualmente son mayores que nunca. Como consecuencia, se han alcanzado unas concentraciones atmosféricas de dióxido de carbono, metano y óxido nitroso sin parangón en por lo menos los últimos 800 000 años. Los efectos de las emisiones, así como de otros factores antropógenos, se han detectado en todo el sistema climático y es sumamente probable que hayan sido la causa dominante del calentamiento observado a partir de la segunda mitad del siglo XX. {1.2, 1.3.1}” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 21

“Impactos del cambio climático: En los últimos decenios, los cambios del clima han causado impactos en los sistemas naturales y humanos en todos los continentes y océanos. Los impactos se deben al cambio climático observado, independientemente de su causa, lo que indica la sensibilidad de los sistemas naturales y humanos al cambio del clima. {1.3.2}” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 23

“Episodios extremos: Desde aproximadamente 1950 se han observado cambios en muchos fenómenos meteorológicos y climáticos extremos. Algunos de estos cambios han sido asociados con influencias humanas, como por ejemplo la disminución de las temperaturas frías extremas, el aumento de las temperaturas cálidas extremas, la elevación de los niveles máximos del mar y el mayor número de precipitaciones intensas en diversas regiones. {1.4}”http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 24

“Futuros cambios climáticos, riesgos e impactos: La emisión continua de gases de efecto invernadero causará un mayor calentamiento y cambios duraderos en todos los componentes del sistema climático, lo que hará que aumente la probabilidad de impactos graves, generalizados e irreversibles para las personas y los ecosistemas. Para contener el cambio climático sería necesario reducir de forma sustancial y sostenida las emisiones de gases de efecto invernadero, lo cual, junto con la adaptación, puede limitar los riesgos del cambio climático. {2}” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg.25

“Impulsores clave del clima futuro: Las emisiones acumuladas de CO2 determinarán en gran medida el calentamiento medio global en superficie a finales del siglo XXI y posteriormente. Las proyecciones de las emisiones de gases de efecto invernadero presentan un amplio margen de variación, en función del desarrollo socioeconómico y la política climática. {2.1}”http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 25

“Cambios proyectados en el sistema climático: En todos los escenarios de emisiones evaluados, las proyecciones señalan que la temperatura en superficie continuará aumentando a lo largo del siglo XXI. Es muy probable que las olas de calor ocurran con mayor frecuencia y duren más, y que los episodios de precipitación extrema sean más intensos y frecuentes en muchas regiones. El océano se seguirá calentando y acidificando, y el nivel medio global del mar continuará elevándose. {2.2}” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 27

“Futuros riesgos e impactos provocados por un clima cambiante: El cambio climático agravará los riesgos existentes y creará nuevos riesgos para los sistemas naturales y humanos. Los riesgos se distribuyen de forma dispar y son generalmente mayores para las personas y comunidades desfavorecidas de los países sea cual sea el nivel de desarrollo de estos. {2.3 http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 30

“El cambio climático después de 2100, irreversibilidad y cambios abruptos: Muchos aspectos del cambio climático y los impactos asociados continuarán durante siglos, incluso si se detienen las emisiones antropógenas de gases de efecto invernadero. Los riesgos de cambios abruptos o irreversibles aumentan a medida que aumenta la magnitud del calentamiento. {2.4}”http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 33

“Futuras trayectorias de adaptación, mitigación y desarrollo sostenible: La adaptación y la mitigación son estrategias complementarias para reducir y manejar los riesgos del cambio climático. Si en los próximos decenios se reducen sustancialmente las emisiones, se pueden lograr disminuciones en los riesgos climáticos a lo largo del siglo XXI y posteriormente, ampliar las perspectivas de una adaptación efectiva, reducir los costos y los retos de mitigación a largo plazo y contribuir a que las trayectorias de desarrollo sostenible sean resilientes al clima. {3.2, 3.3, 3.4}”http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf Pg. 34

“Bases para la toma de decisiones en materia de cambio climático: La toma de decisiones efectivas para limitar el cambio climático y sus efectos puede basarse en una amplia gama de métodos analíticos para evaluar los riesgos y beneficios esperados, según se considere la importancia que tienen la gobernanza, las dimensiones éticas, la equidad, los juicios de valor, las evaluaciones económicas y las diversas percepciones y respuestas ante el riesgo y la incertidumbre. {3.1}”http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 34

“Riesgos del cambio climático reducidos mediante la adaptación y la mitigación: Sin nuevos esfuerzos de mitigación al margen de los que existen en la actualidad, e incluso llevando a cabo una labor de adaptación, a finales del siglo XXI el calentamiento provocará un riesgo alto a muy alto de impactos graves, generalizados e irreversibles a nivel mundial (nivel de confianza alto). La mitigación implica cierto nivel de cobeneficios y riesgos debido a los efectos colaterales adversos, pero dichos riesgos no entrañan la misma posibilidad de impactos graves, generalizados e irreversibles que los riesgos del cambio climático, lo que hace que aumenten los beneficios de los esfuerzos de mitigación a corto plazo. {3.2, 3.4}” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 35

“Características de las trayectorias de adaptación: La adaptación puede hacer que los riesgos de impactos del cambio climático disminuyan, pero su eficacia es limitada, especialmente para las mayores magnitudes y ritmos del cambio climático. Desde una perspectiva a largo plazo, y en el contexto del desarrollo sostenible, la probabilidad de que la adopción de más medidas inmediatas de adaptación redunde también en mejores opciones y preparación en el futuro es mayor. {3.3}” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 36

“Características de las trayectorias de mitigación: Hay muchas trayectorias de mitigación que es probable que limiten el calentamiento por debajo de los 2 °C en relación con los niveles preindustriales. Esas trayectorias requerirían reducciones notables de las emisiones durante los próximos decenios y emisiones próximas a cero de CO2 y otros gases de efecto invernadero de larga vida para finales de siglo. La realización de dichas reducciones plantea retos tecnológicos, económicos, sociales e institucionales de consideración, que aumentan con los retrasos en la mitigación adicional y si no están disponibles las tecnologías esenciales. Limitar el calentamiento a niveles más bajos o más altos conlleva retos similares pero en distintas escalas temporales. {3.4}” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 38

“Adaptación y mitigación: Muchas opciones de adaptación y mitigación pueden contribuir a afrontar el cambio climático, pero ninguna de ellas basta por sí sola. Para que la implementación de las opciones sea efectiva, se necesitan políticas y cooperación en todas las escalas; y para fortalecerla, se requieren respuestas integradas que vinculen la adaptación y la mitigación con otros objetivos sociales. {4}” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf Pg. 44

“Factores propicios y limitaciones comunes de las respuestas de adaptación y mitigación: Las respuestas de adaptación y mitigación requieren factores propicios comunes, tales como la eficacia de las instituciones y de la gobernanza, la innovación y las inversiones en tecnologías e infraestructura ambientalmente racionales, así como medios de subsistencia, y opciones de comportamientos y estilos de vida sostenibles. {4.1}”http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf Pg. 44

“Opciones de respuesta de la adaptación: Existen opciones de adaptación en todos los sectores, pero su contexto de aplicación y potencial para disminuir los riesgos relacionados con el clima es diferente entre los distintos sectores y regiones. Algunas respuestas de adaptación conllevan importantes cobeneficios, sinergias y contrapartidas. Cuanto mayor sea la magnitud del cambio climático mayores serán los desafíos para muchas de las opciones de adaptación. {4.2}” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf

“Opciones de respuesta de la mitigación: Para todos los sectores principales existen opciones de mitigación. La mitigación puede ser más costo-efectiva si se utiliza un enfoque integrado que combine medidas dirigidas a reducir en los sectores de uso final el empleo de la energía y la intensidad de los gases de efecto invernadero, descarbonizar el suministro de energía, reducir las emisiones netas e impulsar los sumideros de carbono en los sectores basados en tierra. {4.3}”  http://www.ipcc.ch/pdf/assessmentreport/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf Pg. 46

“Enfoques de políticas para la adaptación y la mitigación, la tecnología y la financiación: La eficacia de las respuestas de adaptación y mitigación dependerá de las políticas y medidas que se apliquen en diversas escalas: internacionales, regionales, nacionales y subnacionales. Las políticas que apoyen en todas las escalas el desarrollo, la difusión y la transferencia de tecnología, así como el financiamiento a las respuestas al cambio climático, pueden complementar y potenciar la eficacia de las políticas que promueven de forma directa la adaptación y la mitigación. {4.4}” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf Pg. 47

“Contrapartidas, sinergias e interacciones con el desarrollo sostenible: El cambio climático es una amenaza para el desarrollo sostenible. A pesar de ello, existen muchas posibilidades para vincular la mitigación, la adaptación y la consecución de otros objetivos sociales mediante el empleo de respuestas integradas (nivel de confianza alto). Para que la implementación sea satisfactoria es preciso contar con herramientas adecuadas, estructuras de gobernanza apropiadas y una capacidad mejorada de respuesta (nivel de confianza medio). {3.5, 4.5}” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf Pg. 49

“Cambios observados y sus causas: La influencia humana en el sistema climático es clara, y las emisiones antropógenas recientes de gases de efecto invernadero son las más altas de la historia. Los cambios climáticos recientes han tenido impactos generalizados en los sistemas humanos y naturales” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 59

“Cambios observados en el sistema climático: El calentamiento en el sistema climático es inequívoco, y desde la década de 1950 muchos de los cambios observados no han tenido precedentes en los últimos decenios a milenios. La atmósfera y el océano se han calentado, los volúmenes de nieve y hielo han disminuido y el nivel del mar se ha elevado.” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf Pg. 59

“Atribución de cambios climáticos e impactos: La evidencia de la influencia humana en el sistema climático ha aumentado desde el Cuarto Informe de Evaluación. Se ha detectado la influencia humana en el calentamiento de la atmósfera y el océano, en alteraciones en el ciclo global del agua, en reducciones de la cantidad de nieve y hielo, y en la elevación del nivel medio global del mar; y es sumamente probable que haya sido la causa dominante del calentamiento observado desde mediados del siglo XX. En los últimos decenios, los cambios del clima han causado impactos en los sistemas naturales y humanos en todos los continentes y en los océanos. Los impactos se deben al cambio climático observado, independientemente de su causa, lo que indica la sensibilidad de los sistemas naturales y humanos al cambio del clima.” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf Pg. 67

“Episodios extremos: Desde aproximadamente 1950 se han observado cambios en muchos fenómenos meteorológicos y climáticos extremos. Algunos de estos cambios han sido asociados con influencias humanas, como por ejemplo la disminución de las temperaturas frías extremas, el aumento de las temperaturas cálidas extremas, la elevación de los niveles máximos del mar y el mayor número de precipitaciones intensas en diversas regiones.”  http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg.73

“Exposición y vulnerabilidad: La naturaleza y la gravedad de los impactos derivados del cambio climático y los fenómenos extremos surgen de un riesgo que depende no solo de los peligros relacionados con el clima, sino también de la exposición (personas y activos en riesgo) y la vulnerabilidad (susceptibilidad a sufrir daños) de los sistemas humanos y naturales” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 74

“Respuestas humanas al cambio climático: adaptación y mitigación: La experiencia relativa a la adaptación y la mitigación se va acumulando en las distintas regiones y escalas, mientras siguen aumentando las emisiones antropógenas globales de gases de efecto invernadero.” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf Pg. 74

“Futuros cambios climáticos, riesgos e impactos: La emisión continua de gases de efecto invernadero causará un mayor calentamiento y cambios duraderos en todos los componentes del sistema climático, lo que hará que aumente la probabilidad de impactos graves, generalizados e irreversibles para las personas y los ecosistemas. Para contener el cambio climático sería necesario reducir de forma sustancial y sostenida las emisiones de gases de efecto invernadero, lo cual, junto con la adaptación, puede limitar los riesgos del cambio climático.” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 77

“Impulsores clave del clima futuro y fundamento de las proyecciones: Las emisiones acumuladas de CO2 determinarán en gran medida el calentamiento medio global en superficie a finales del siglo XXI y posteriormente. Las proyecciones de las emisiones de gases de efecto invernadero presentan un amplio margen de variación, en función del desarrollo socioeconómico y la política climática.”  http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg- 77

“Cambios proyectados en el sistema climático: En todos los escenarios de emisiones evaluados, las proyecciones señalan que la temperatura en superficie continuará aumentando a lo largo del siglo XXI. Es muy probable que las olas de calor ocurran con mayor frecuencia y duren más, y que los episodios de precipitación extrema sean más intensos y frecuentes en muchas regiones. El océano se seguirá calentando y acidificando, y el nivel medio global del mar continuará elevándose.” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf Pg. 79

“Futuros riesgos e impactos provocados por un clima cambiante: El cambio climático agravará los riesgos existentes y creará nuevos riesgos para los sistemas naturales y humanos. Los riesgos se distribuyen de forma dispar y son generalmente mayores para las personas y comunidades desfavorecidas de los países sea cual sea el nivel de desarrollo de estos. Las crecientes magnitudes del calentamiento hacen que aumente la probabilidad de impactos graves, generalizados e irreversibles para las personas, las especies y los ecosistemas. Unas emisiones elevadas continuas conllevarían impactos en su mayoría negativos para la biodiversidad, los servicios de los ecosistemas y el desarrollo económico y agravarían los riesgos para los medios de subsistencia y para la seguridad alimentaria y humana.” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf Pg. 86

“El cambio climático después de 2100, irreversibilidad y cambios abruptos: Muchos aspectos del cambio climático y los impactos asociados continuarán durante siglos, incluso si se detienen las emisiones antropógenas de gases de efecto invernadero. Los riesgos de cambios abruptos o irreversibles aumentan a medida que aumenta la magnitud del calentamiento.” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 95

“Futuras trayectorias de adaptación, mitigación y desarrollo sostenible: La adaptación y la mitigación son estrategias complementarias para reducir y manejar los riesgos del cambio climático. Si en los próximos decenios se reducen sustancialmente las emisiones, se pueden lograr disminuciones en los riesgos climáticos a lo largo del siglo XXI y posteriormente, ampliar las perspectivas de una adaptación efectiva, reducir los costos y los retos de mitigación a largo plazo y contribuir a que las trayectorias de desarrollo sostenible sean resilientes al clima.” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 99

“Bases para la toma de decisiones en materia de cambio climático: La toma de decisiones efectivas para limitar el cambio climático y sus efectos puede basarse en una amplia gama de métodos analíticos para evaluar los riesgos y beneficios esperados, según se considere la importancia que tienen la gobernanza, las dimensiones éticas, la equidad, los juicios de valor, las evaluaciones económicas y las diversas percepciones y respuestas ante el riesgo y la incertidumbre” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 99

“Riesgos del cambio climático reducidos mediante la adaptación y la mitigación: Sin nuevos esfuerzos de mitigación al margen de los que existen en la actualidad, e incluso llevando a cabo una labor de adaptación, a finales del siglo XXI el calentamiento provocará un riesgo alto a muy alto de impactos graves, generalizados e irreversibles a nivel mundial (nivel de confianza alto). La mitigación implica cierto nivel de cobeneficios y riesgos debido a los efectos colaterales adversos, pero dichos riesgos no entrañan la misma posibilidad de impactos graves, generalizados e irreversibles que los riesgos del cambio climático, lo que hace que aumenten los beneficios de los esfuerzos de mitigación a corto plazo.” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf Pg. 100

“Características de las trayectorias de adaptación: La adaptación puede hacer que los riesgos de impactos del cambio climático disminuyan, pero su eficacia es limitada, especialmente para las mayores magnitudes y ritmos del cambio climático. Desde una perspectiva a largo plazo, y en el contexto del desarrollo sostenible, la probabilidad de que la adopción de más medidas inmediatas de adaptación redunde también en mejores opciones y preparación en el futuro es mayor.” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf Pg.103

“Características de las trayectorias de mitigación: Hay muchas trayectorias de mitigación que es probable que limiten el calentamiento por debajo de los 2 °C en relación con los niveles preindustriales. Esas trayectorias requerirían reducciones notables de las emisiones durante los próximos decenios y emisiones próximas a cero de CO2 y otros gases de efecto invernadero de larga vida para finales de siglo. La realización de dichas reducciones plantea retos tecnológicos, económicos, sociales e institucionales de consideración, que aumentan con los retrasos en la mitigación adicional y si no están disponibles las tecnologías esenciales. Limitar el calentamiento a niveles más bajos o más altos conlleva retos similares pero en distintas escalas temporales.” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf Pg. 104

“Interacción entre la mitigación, la adaptación y el desarrollo sostenible: El cambio climático es una amenaza para el desarrollo equitativo y sostenible. La adaptación, la mitigación y el desarrollo sostenible están estrechamente relacionados, y tienen capacidad potencial para establecer sinergias y contrapartidas”  http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf Pg. 115

“Adaptación y mitigación: Muchas opciones de adaptación y mitigación pueden contribuir a afrontar el cambio climático, pero ninguna de ellas basta por sí sola. Para que la implementación de las opciones sea efectiva, se necesitan políticas y cooperación en todas las escalas; y para fortalecerla, se requieren respuestas integradas que vinculen la adaptación y la mitigación con otros objetivos sociales.”  http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 119

“Factores propicios y limitaciones comunes de las respuestas de adaptación y mitigación: Las respuestas de adaptación y mitigación requieren factores propicios comunes, tales como la eficacia de las instituciones y de la gobernanza, la innovación y las inversiones en tecnologías e infraestructura ambientalmente racionales, así como medios de subsistencia, y opciones de comportamientos y estilos de vida sostenibles” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 119

“Opciones de respuesta de la adaptación: Existen opciones de adaptación en todos los sectores, pero su contexto de aplicación y potencial para disminuir los riesgos relacionados con el clima es diferente entre los distintos sectores y regiones. Algunas respuestas de adaptación conllevan importantes cobeneficios, sinergias y contrapartidas. Cuanto mayor sea la magnitud del cambio climático mayores serán los desafíos para muchas de las opciones de adaptación.” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 120

“Opciones de respuesta de la mitigación: Para todos los sectores principales existen opciones de mitigación. La mitigación puede ser más costo-efectiva si se utiliza un enfoque integrado que combine medidas dirigidas a reducir en los sectores de uso final el empleo de la energía y la intensidad de los gases de efecto invernadero, descarbonizar el suministro de energía, reducir las emisiones netas e impulsar los sumideros de carbono en los sectores basados en tierra.”  http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf Pg. 124

“Enfoques de políticas para la adaptación y la mitigación, la tecnología y la financiación: La eficacia de las respuestas de adaptación y mitigación dependerá de las políticas y medidas que se apliquen en diversas escalas: internacionales, regionales, nacionales y subnacionales. Las políticas que apoyen en todas las escalas el desarrollo, la difusión y la transferencia de tecnología, así como el financiamiento a las respuestas al cambio climático, pueden complementar y potenciar la eficacia de las políticas que promueven de forma directa la adaptación y la mitigación.” http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf Pg. 128

“Contrapartidas, sinergias y respuestas integradas: Existen muchas posibilidades para vincular la mitigación, la adaptación y la consecución de otros objetivos sociales mediante el empleo de respuestas integradas (nivel de confianza alto). Para que la implementación sea satisfactoria es preciso contar con herramientas adecuadas, estructuras de gobernanza apropiadas y una capacidad mejorada de respuesta (nivel de confianza medio).”  http://www.ipcc.ch/pdf/assessment-report/ar5/syr/SYR_AR5_FINAL_full_es.pdf  Pg. 138